El jurado popular declara culpable a la acusada de asfixiar y enterrar a su hija recién nacida en Vícar
Tribunales
Creen probado, por unanimidad, el hecho delictivo de quitar la vida al bebé de forma intencionada
La acusada de matar y enterrar a su bebé en Vícar pidió una azada a una vecina
El ADN no miente: La azada que sirvió para enterrar a la bebé de Vícar estuvo en manos de su madre
Un jurado popular ha declarado este lunes culpable a la que mujer que es enjuiciada desde la semana pasada en la Audiencia de Almería acusada de asfixiar y enterrar a su hija recién nacida en el municipio almeriense de Vícar.
El veredicto de culpabilidad ha sido leído este lunes por la tarde en la Audiencia almeriense, que ha sentado en el banquillo a la acusada, que durante la primera sesión del juicio aseguró que el día de los hechos, el pasado 7 de marzo de 2020, la pequeña había nacido muerta y con el cordón umbilical enrollado en el cuello. Sin embargo, el jurado ha declarado por unanimidad culpable a la mujer del "hecho delictivo de quitar la vida al bebé de forma intencionada, aprovechando para conseguir el resultado que por su condición de recién nacido no podía defenderse".
A partir de la declaración de la acusada H.C. y del testimonio de los guardias civiles que encontraron material orgánico de la niña y la madre entre el baño y el dormitorio de la investigada, el jurado considera acreditado que dio a luz a la pequeña durante el 7 de marzo de 2020. Han incidido en que nació "viva y a término" debido al diagnóstico de las médicas forenses, que encontraron una expansión alveolar y oxígeno en las paredes gástricas de la niña, así como por el testimonio de un guardia civil que relató que el cuerpo estaba "bien formado y con todos sus miembros".
Han negado que estuviese asistida por nadie durante el parto —tal y como sostenía H.C., que señaló a una vecina— y han recordado que el cuello de la menor tenía incluso marcas de las uñas de la mujer, así como que la muerte se produjo por una asfixia mecánica con "etiología homicida". Han destacado que la muerte se produjo por la presión de los dedos de la acusada contra el cuello de la niña, que incluso presentaba un traumatismo por presión en el labio superior derecho, con signos compatibles con este estrangulamiento, pero no con una asfixia accidental con el cordón umbilical.
A raíz de la declaración de la vecina a la que señaló H.C. han considerado probado que la acusada tiró una bolsa con la placenta de la niña y vestimenta a una balsa de riego, toda vez que han recordado que los guardias civiles encontraron enterrada a la pequeña bajo unos bidones junto a la puerta de la investigada, cuyo ADN se encontraba también en la azada que pidió a otra vecina para sembrar una parra, y que usó para hacer desaparecer bajo tierra al bebé. Además, han resaltado que los actos que cometió no fueron "impulsivos, sino meditados", y han recalcado que no presentaba ninguna afección mental que afecte a su imputabilidad, sino únicamente una trastorno depresivo reactivo, fruto de su ingreso en prisión y de la pérdida de contacto con su familia.
La fiscal Teresa Prieto ha vuelto a reclamar una pena de prisión permanente revisable, así como el pago de una indemnización de 120.000 euros al padre de la niña. El abogado Manuel Blánquez, acusación particular en nombre del progenitor, se ha adherido a esta solicitud, excepto en la indemnización, que él valora en 150.000 euros. El abogado de H.C., Alejandro Jiménez, ha reclamado que se tenga en cuenta la atenuante de dilaciones indebidas, debido al "excesivo tiempo" que permaneció la causa en instrucción sin causa justificada, en su opinión.
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