Roquetas recuerda que el depósito de enseres a deshoras conlleva multas de hasta 300 euros

Poniente

El municipio subraya que están habilitados para tal fin los días 10, 20 y 30 de cada mes a partir de las 21:00

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Enseres depositados junto a contenedores en Roquetas de Mar, en una imagen de archivo.
Enseres depositados junto a contenedores en Roquetas de Mar, en una imagen de archivo. / D. A.

La cruzada contra el depósito de enseres domésticos y trastos viejos en la vía pública junto a los contenedores de reciclado es común en multitud de municipios. Los Ayuntamientos, de forma coordinada con la Policía Local, se afanan en facilitar horarios específicos para la recogida de estos elementos y por establecer un marco normativo que castigue a aquellos que se sepan por encima de la ley, aunque ello no impide que en ocasiones se asistan a imágenes de lo más sorprendentes, con colchones, muebles y electrodomésticos abandonados a su suerte en franjas horarias que están muy lejos de las permitidas.

Es por ello que desde el equipo de Gobierno de Roquetas de Mar han tenido a bien recordar cuáles son las claves para deshacerse de estos objetos y qué puede ocurrir si no se siguen al pie de la letra. El Consistorio roquetero subraya que los días 10, 20 y 30 de cada mes, a partir de las 21:00 horas, es el momento oportuno para desechar los enseres y objetos de gran tamaño. Recomiendan asimismo dejarlos junto a los contenedores. También hacen alusión a los restos de poda, que deben ser arrojados exclusivamente a los depósitos habilitados para tal fin.

Sanciones de hasta 300 euros

El no cumplimiento de estas indicaciones puede llevar aparejadas sanciones económicas que oscilan entre los 60 y 300 euros, según lo dispuesto en los artículos 11, 26, 34 y 65 de la Ordenanza Municipal Reguladora de Limpieza. Esta disposición tiene por objeto la prevención, minimización, corrección de los efectos o, en su caso el establecimiento de condiciones para el desarrollo de determinadas actuaciones públicas o privadas que puedan tener efectos perjudiciales sobre el medio ambiente y la calidad de vida, a través de las medidas que se establecen en las mismas, así como la regulación, en el ámbito de las competencias del Ayuntamiento de Roquetas de Mar y dentro de su término municipal, de las siguientes situaciones y actividades:

  • La limpieza de la vía y espacios públicos en lo que se refiere al uso común general de los ciudadanos y la limpieza de los solares de propiedad municipal y de los bienes de dominio municipal en lo que respecta a su uso común especial y privativo.
  • La inspección y la realización subsidiaria de la limpieza de los solares de propiedad privada; la recogida de basuras y residuos urbanos cuya competencia esté atribuida por Ley a los Ayuntamientos mediante la utilización de contenedores o de los sistemas de gestión que establezca el Ayuntamiento y la determinación de las condiciones en que los particulares hayan de realizar las operaciones de gestión de los residuos que, de conformidad con la legislación vigente, se considere necesario.
  • La adopción de medidas que garanticen la gestión del tratamiento y eliminación de los residuos objeto de la presente ordenanza y, en cuanto sea de su competencia, el control e inspección de los sistemas y equipamientos destinados a la gestión de los residuos.
  • La inspección, el régimen de autorizaciones y la responsabilidad derivada del incumplimiento de lo dispuesto en su articulado.

Desde el Ayuntamiento roquetero llaman a la colaboración ciudadana como parte fundamental del cumplimiento de esta ordenanza y ponen a disposición de los vecinos un número de teléfono (900105511) para favorecer la atención al usuario y la tramitación de incidencias.

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