Tramitadas 142 bajas en el Padrón Municipal de Habitantes de Níjar

Patrón

Por ‘inscripción indebida’ y el 61% de los casos son rumanos

Dos ciudadanos no comunitarios enfilan rumbo a un invernadero en Níjar
TF.

29 de enero 2024 - 17:58

El Ayuntamiento de Níjar, por medio de un Decreto del alcalde José Francisco Garrido Requena, ha tramitado expediente de baja de oficio en el Padrón Municipal de habitantes a 142 ciudadanos comunitarios extranjeros o con permiso de residencia permanente empadronados, de 14 nacionalidades, por “inscripción indebida”.

Tres son los grupos de población más afectados. El más numeroso es de rumanos, con 87 casos. El segundo lugar es para marroquíes con 16 casos. Los ciudadanos de origen lituano y francés, con 5 casos, ocupan el tercer puesto en este listado. La nómina se completa con ciudadanos de Suiza (3), Italia (2); Bélgica (2 y Finlandia; Alemania; Mali; Guinea ; Argelia; Ucrania; Portugal.

El Ayuntamiento de Níjar ha incoado el expediente “ante la imposibilidad de la notificación individual y practicar por ausencia o ignorado paradero y ha elevado esta información a la Oficina de Gestión de Población en orden a la actualización del Padrón Municipal de Habitantes, informando favorablemente la propuesta de efectuar comprobaciones periódicas de la continuidad de la residencia de los extranjeros ciudadanos de la Unión Europea y de aquellos que tienen tarjeta de residencia permanente.

Los Ayuntamientos están facultados para dar de baja de oficio, por inscripción indebida, a quienes figuren empadronados incumpliendo los requisitos establecidos en el artículo 54 del Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales, una vez comprobada esta circunstancia en el correspondiente expediente. Este artículo establece que “toda persona que viva en España está obligada a inscribirse en el padrón del municipio en el que resida habitualmente. Quien viva en varios municipios deberá inscribirse únicamente en el que habite durante más tiempo al año”. El consistorio nijareño da audiencia y alegaciones por plazo de quince días, para que los afectados puedan alegar lo que a su derecho pueda convenir en relación a su situación padronal.

Corresponde al Ayuntamiento realizar las actuaciones necesarias para mantener actualizado su Padrón de forma que sus datos concuerden con la realidad, debiendo proceder a la baja de oficio, por inscripción indebida, de quienes figuren empadronados sin tener su residencia habitual en el municipio

La situación no es nueva. En enero de 2023, la entonces alcaldesa Esperanza Pérez Felices tramitó expediente de baja a total de 176 personas, de 15 nacionalidades, con 76 rumanos afectados, 56 marroquíes y 18 lituanos, entre otros.

En noviembre de 2023, el actual alcalde José Francisco Garrido Requena denegó la solicitud de alta en Padrón Municipal de Habitantes a 103 ciudadanos de nueve nacionalidades, en su gran mayoría de origen marroquí con 84 casos, y con siete casos de españoles, por falsear su domiciliación y después de “comprobar que estos solicitantes no residen en los domicilios declarados por ellos” en el término municipal.

El Defensor del Pueblo Andaluz, Jesús Maeztu Gregorio de Tejada, requirió en noviembre de 2022 a los municipios de cada provincia andaluza, con más de 20.000 habitantes, un informe sobre los criterios para el empadronamiento.

El Ayuntamiento de Níjar respondió a la queja recordando que “salvo que el Ayuntamiento disponga de pruebas fehacientes de que la residencia efectiva no se está dando, procederá a empadronar a quienes lo soliciten y acrediten que residen en el municipio, sin que sean motivo para su “no inscripción” el no aportar título de propiedad de la vivienda, o contrato de alquiler o la deficiencia de las infraestructuras”.

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