Huércal-Overa regula las actuaciones en directo en establecimientos hosteleros

Levante

Estas propuestas, llamadas de pequeño formato, no podrán finalizar más allá de las 23:59 ni modificar la actividad ni condiciones técnicas de los espacios en los que desarrolle

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El Pleno del Ayuntamiento de Huércal-Overa ha aprobado un marco legal para las actuaciones en directo de pequeño formato.
El Pleno del Ayuntamiento de Huércal-Overa ha aprobado un marco legal para las actuaciones en directo de pequeño formato. / DDA
Redacción

19 de febrero 2024 - 15:41

El Ayuntamiento de Huércal-Overa ha aprobado la Ordenanza Municipal destinada a regular las actuaciones en directo de pequeño formato en el municipio. Esta medida tiene como objetivo principal establecer pautas claras para la intervención municipal en lo que se refiere a los conciertos de pequeño formato, conforme a lo establecido en el Decreto 155/2018 y su modificación posterior, el Decreto 251/2023, que regulan el Catálogo de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos de Andalucía.

Según lo dispuesto en la ordenanza, las actuaciones musicales o conciertos de pequeño formato se definen como aquellas que no requieren escenario ni camerinos, y cuyo desarrollo no modifica la actividad del establecimiento, ni afecta a las condiciones técnicas y de aislamiento acústico ni a la seguridad del mismo.

Estas actuaciones tendrán lugar exclusivamente en el interior de los espacios fijos, cerrados y cubiertos de los establecimientos de hostelería. Se prohíbe expresamente la utilización de equipos de reproducción o amplificación sonora en terrazas y veladores en la vía pública y otras zonas de dominio público.

Asimismo, se establece un horario específico para estas actuaciones, que no podrán comenzar antes de las 15:00 horas ni extenderse más allá de las 23:59 horas en los establecimientos de hostelería.

Una declaración responsable y un estudio acústico

Los titulares de los establecimientos que deseen incluir este tipo de actividades en su oferta deberán presentar una declaración responsable en los modelos oficiales aprobados por el Ayuntamiento, acompañada de un estudio acústico en caso de que se utilicen elementos de amplificación sonora superior a 5 vatios estando permitido únicamente en los establecimientos de hostelería con música y establecimientos especiales de hostelería con música. Además, deberán instalar un aparato limitador controlador de ruido ajustado a las características del local.

Por último, de acuerdo con la Disposición Adicional Tercera del Decreto 155/2018, se podrán autorizar de manera extraordinaria actuaciones en directo de pequeño formato en terrazas y veladores de establecimientos de hostelería, ajustando el horario de inicio y finalización según lo establecido por la normativa municipal.

Con esta Ordenanza Municipal, el Ayuntamiento de Huércal-Overa busca fomentar la cultura y el ocio responsable, garantizando el disfrute de la música en vivo en un marco adecuado y respetuoso con el entorno y los vecinos.

Para más información sobre los requisitos y procedimientos establecidos, los interesados pueden consultar la página web del Ayuntamiento.

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