Más de 58.000 euros de indemnización para el joven al que le quemaron el escroto en el Hospital de Huércal-Overa

Salud

El joven tenía 15 años y necesitó 159 días de curación y sufrió estrés traumático

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Hospital de la Inmaculada, en Huércal-Overa.
Hospital de la Inmaculada, en Huércal-Overa. / V. Visiedo P.
EFE

23 de septiembre 2024 - 18:41

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 4 de Almería ha condenado al Servicio Andaluz de Salud (SAS) a pagar 58.651,84 euros, más intereses, a un joven que cuando tenía 15 años sufrió quemaduras en el escroto y en ambas caras de los muslos durante una intervención quirúrgica de torsión testicular.

Según ha precisado a EFE el abogado del perjudicado, José Carlos Rodríguez Rodríguez, y tal y como recoge una sentencia que ya es firme e irrecurrible, la intervención tuvo lugar el 27 de marzo de 2019 en el Hospital de la Inmaculada de Huércal-Overa (Almería).

La sentencia valora de un modo especial el perjuicio estético ocasionado al menor con la "negligente intervención quirúrgica", así como el perjuicio moral ocasionado por pérdida de calidad de vida, junto con el trastorno por estrés traumático padecido, a lo que une los días de curación y baja, algunos de los cuales no pudo desempeñar su normal actividad académica.

El fallo considera que las lesiones que sufrió el paciente durante la operación no pueden ser una consecuencia lógica admisible de la propia intervención quirúrgica a la que se sometió, y sí un daño desproporcionado y ajeno a la normal praxis médica, de modo que estas secuelas no estaban contempladas como riesgo en la hoja de consentimiento.

Así, se da por acreditado que el suero fisiológico que se utilizó durante la operación se tuvo que calentar en exceso, sin que los profesionales que participaron en la operación se percataran de ello, y más cuando se ha descartado en el proceso judicial cualquier alergia al suero por el lesionado.

Quemaduras por las que el lesionado tuvo que ser tratado en un centro especializado en quemaduras de Granada, centro al que fue trasladado pasados cuatro días desde que sufrió estas lesiones, y tras lo que precisó de un total de 159 días para su curación, frente a los 16 días que hubiera necesitado si la intervención se hubiera realizado sin complicación alguna.

El abogado apunta que la actuación de la administración fue fruto de una mala praxis médica por una impericia de los profesionales que intervinieron en la operación y que así queda probado en el fallo.

El letrado que ha defendido a la víctima, José Carlos Rodríguez Rodríguez, abogado de Baza (Granada), ha considerado todo un éxito la sentencia, ya que el SAS negaba cualquier responsabilidad en lo ocurrido, hasta el punto de que el Seguro del SAS llegó a sostener que la reclamación era todo un reproche y que el servicio médico había actuado correctamente al no haber hallado ninguna anomalía durante todo el proceso asistencial.

Una indemnización que, según el letrado, no podrá compensar las importantes secuelas y daños morales que le han quedado a la víctima.

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