Cuatro hombres absueltos tras ser acusados de prostituir a una mujer en El Ejido

Tribunales

La Audiencia Provincial entiende que no ha quedado probada su culpabilidad en el juicio

Les solicitaban penas de entre 34 y 42 años de prisión por varios delitos

Audiencia provincial de Almería.
Audiencia provincial de Almería. / D. A.
Efe

02 de abril 2022 - 11:58

La Audiencia Provincial de Almería ha absuelto a cuatro acusados de prostituir a una mujer en El Ejido (Almería), condenando sin embargo a los responsables de los dos locales en los que la denunciante manifestó haber trabajado sin dar de alta a hasta 35 personas en los citados negocios.

La sentencia declara probado que el 27 de mayo de 2014 la Policía Nacional llevó a cabo un registro en un club de alterne y prostitución de El Ejido, en el que fueron identificadas 11 mujeres que realizaban esta actividad, si bien sólo una estaba dada de alta en la Seguridad Social por parte del acusado J.J.R.M.

El fallo explica que el 4 de febrero de dicho año la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad social había visitado el local y detectado que sólo dos de los 16 trabajadores que había tenían contrato, así como que una de ellas no tenía permiso de trabajo y que el resto no habían sido dadas de alta por J.J.R.M.

Un día después del primer registro policial, los agentes realizaron una nueva entrada en un club de alterne de El Ejido. En este caso identificaron a 28 personas trabajando, de las que 22 no habían sido dadas de alta previamente al inicio de su actividad en el régimen general de la Seguridad Social por la empresa del procesado J.M.C.

Como en el caso anterior, la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social había acudido de forma previa a este local, en junio de 2013, detectando a a 45 trabajadores, 25 de ellos sin dar de alta.

Por estos hechos, ambos han sido condenados por un delito contra los derechos de los trabajadores a nueve meses de prisión y al pago de una multa de seis meses, a razón de seis euros al día.

Sin embargo, la Audiencia Provincial de Almería absuelve a otros cuatro acusados que se enfrentaban a penas que sumaban entre 34 y 42 años de prisión por delitos de trata de seres humanos con fines de explotación sexual en concurso ideal con delitos de prostitución, así como por delitos de agresión sexual.

I.I., M.P., N.C. -representada por el abogado Nabil El Meknassi Barnosi - y A.S. fueron denunciados el 2 de enero de 2014 por una testigo protegida cuyo relato dio pie a la investigación del Grupo VIII de la Brigada Provincial de Extranjería y Fronteras de la Policía Nacional.

Sin embargo, no ha quedado probado que participaran en los hechos narrados por la testigo protegida o que I.I. y A.S. tuviesen bajo su control a otras mujeres de origen rumano, que se quedasen con las ganancias de éstas o que A.S. informase a diario al primero de lo que ganaban cada una de ellas.

Tampoco se ha probado que otra mujer fuera obligada a ejercer la prostitución bajo la vigilancia de N.C. bajo las instrucciones de I.I. y entregando sus ganancias a A.S. y N.C.

La testigo protegida había relatado cómo cuando tenía 13 años dejó Rumanía con su novio I.I., que la había prostituido en Turquía, llevándola posteriormente a El Ejido para realizar esta misma actividad en los dos clubes registrados bajo amenazas, entregando el dinero que ganaba a I.I., apuntando que la había violado “en varias ocasiones” haciendo partícipe a M.P.

Nada de esto, así como otros relatos similares de la testigo, ha resultado acreditado para los magistrados, que destacan que “resultan muy llamativas las importantes contradicciones en las que incurre la testigo entre las declaraciones anteriores al acto de juicio oral y la prestada en Sala”, así como el estado de animo con el que lo hace, que “difícilmente pueden explicarse en el contexto de la actividad delictiva objeto de acusación, especialmente por la gravedad de lo relatado en la denuncia inicial y en la declaración en el juzgado instructor”.

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