Prohibido perros, nudismo, carpas y caravanas en la costa
cuevas del almanzora
El Pleno del Ayuntamiento aprueba por unanimidad la ordenanza para el uso y disfrute de las playas
Las sanciones van desde los 100 a los 3.000 euros

El municipio de Cuevas del Almanzora cuenta con 17 kilómetros de litoral que se extiende desde Palomares hasta Pozo del Esparto, formado por extensas y arenosas playas y recónditas y deslumbrantes calas, que incitan a bañarse, tomar el sol, pasear, e incluso practicar multitud de deportes: natación, vela, volei playa y submarinismo, entre otros, ya que posee uno de los fondos marinos más espectaculares del Mediterráneo. Pero nada de nudismo.
Así ha quedado refrendado en el pleno celebrado en la mañana de ayer en el Ayuntamiento de la localidad tras aprobarse por unanimidad de toda la Corporación la ordenanza municipal de uso y disftute de las playas en la que, entre otras regulaciones, se estipula que está prohibido bañarse sin ropa porque según se especifica "las playas de Cuevas del Almanzora tienen la calificación y consideración exclusiva de zona textil estando expresamente prohibido la práctica del naturismo, nudismo o desnudo".
Una prohibición que en cualquier caso ya está regulada porque existe jurisprudencia al respecto. El Tribunal Supremo avaló el año pasado la ordenanza municipal de uso y Disfrute de las Playas de Cádiz, aprobada en el pleno del Ayuntamiento el 3 de julio de 2009, que prohíbe la práctica del nudismo en las playas urbanas, y lo permite, sin embargo, en las clasificadas como naturales sin protección especial siempre y cuando exista una zona habilitada para ello.
De esta manera, con la ordenanza ya en vigor, todo aquel que lo haga incurrirá en una sanción leve tipicada en la ordenanza con una multa de 100 a 750 euros.
Una prohibición que se suma a otras muchas que van en pro de "proteger la salud pública, la integridad física y seguridad de las vidas humanas y el medio ambiente, así como conseguir una mejora de la imagen turística de nuestra ciudad", expone la ordenanza.
En esta línea, también está prohibido hacer fuego en la playa, la presencia y permanencia de animales domésticos siempre y cuando no sean perros destinados a salvamento o auxilio, la pesca desde la orilla, las tiendas de campaña, carpas, estructuras de lona y jaimas, y el estacionamiento de vehículos en las playas.
Según la ordenanza, las infracciones van de leves, a graves y muy graves con una sanción desde 100 a 750 euros en las primeras, desde 751 a 1.500 las segundas y desde 1.501 a 3.000 las últimas.Por ejemplo, practica nudismo o permanecer con un animal en la playa se considera leve; estacionar autocaravanas o la venta ambulante se condiera grave, y celebrar fiestas o depositar residuos peligros en la playa se condera muy grave.
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