Carboneras da un paso más para demoler el Algarrobico: la licencia apunta a ser nula
Levante
El Ayuntamiento ha anunciado que revisará la licencia municipal por orden del Tribunal Supremo por lo que el siguiente paso natural es un expediente de demolición de este hotel de 411 habitaciones y una veintena de plantas
La Junta al TSJA: El Algarrobico es no urbanizable desde 1994 y Carboneras no ha cumplido la sentencia
La promotora de El Algarrobico pide personarse en la ejecución de sentencias
Almería/El alcalde de Carboneras (Almería), Felipe Cayuela (PP), ha anunciado que iniciará la revisión de oficio de la licencia municipal de obras del hotel de Azata del Sol en el paraje El Algarrobico ordenada por el Tribunal Supremo (TS) en un procedimiento que debería concluir con su anulación ya que los terrenos son "protegidos" a estar "incluidos en el dominio público" marítimo-terrestre, y debido "a sus especiales valores medioambientales" como parte del parque natural de Cabo de Gata-Níjar.
Si el ayuntamiento declara nulo el permiso municipal que se concedió en 2003, el siguiente paso natural es la incoación de un expediente de demolición sobre la edificación de 411 habitaciones y una veintena de plantas. Cabe recordar que el Tribunal Supremo (TS) sentenció en firme en enero de 2023 que, para que los terrenos del Algarrobico sean "devueltos a su estado originario, que debió mantenerse inalterable", era necesario antes revisar la licencia de obras para, así, "garantizar el interés económico, social y jurídico de las partes implicadas".
El anuncio de Cayuela (PP), quien accedió a la Alcaldía tras las últimas elecciones locales, es un giro de 180 grados en la línea procesal que mantenido hasta ahora el Ayuntamiento carbonero en los pleitos para ejecutar las sentencias respecto a El Algarrobico que se siguen ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA).
En un escrito elevado al alto tribunal andaluz, al que ha tenido acceso Europa Press, no sólo se traslada la intención de revisar la licencia municipal de obras, si no que, además, se avanza que en el orden del día de la convocatoria de pleno ordinario para el próximo 23 de noviembre se incluirá la anulación parcial de la recalificación del suelo como "no urbanizable" que hizo el anterior equipo de gobierno socialista, tal y como han solicitado a la sala tanto la Junta de Andalucía como los colectivos ecologistas.
El ayuntamiento coincide ahora en sus planteamientos con el Gobierno andaluz, que impugnó al TSJA este acuerdo de pleno al considerar que cumplía "defectuosamente" el tenor de la sentencia que dictaminó en firme en 2018 que El Algarrobico es "espacio protegido no urbanizable" y en la que se obligaba a anular el sector urbanístico ST-1 sobre el que se levanta el hotel de Azata.
Medidas cautelares
El recurso contencioso-administrativo presentado en septiembre por la Junta, que ha solicitado medidas cautelares, pide anular parcialmente el citado acuerdo de pleno adoptado en abril y borrar expresiones como "que la ordenación vigente clasifica los terrenos como urbanizables", lo que "no se da en ningún caso" según subraya, o que el cambio de calificación a suelo "protegido" se hace por "efectos sobrevenidos al planeamiento vigente".
A la impugnación por parte del Gobierno andaluz se han sumado los colectivos conservacionistas personados en los pleitos; Greenpeace, Ecologistas en Acción y Salvemos Mojácar.
El Gobierno andaluz también interesa al alto tribunal andaluz que "ordene" al ayuntamiento "reflejar", tanto "en sus documentos" como "en sus decisiones", que El Algarrobico es "suelo no urbanizable de especial protección desde 1994", año en el que se publicó la normativa ambiental del parque natural Cabo de Gata-Níjar.
Mantiene la Junta que el citado acuerdo municipal no era "necesario" porque el paraje tiene, 'de facto', la calificación de protegido donde no se puede edificar desde hace casi tres décadas e interpreta que esta condición "queda establecida judicialmente con efectos desde 1994, mucho antes de que, en 2009", según remarca, se aprobase por la corporación municipal la calificación como urbanizable "ahora anulada" por sentencia firme de 2018.
El nuevo escrito del Ayuntamiento, de fecha de 16 de octubre, señala que, debido a las elecciones locales y a que la constitución de la nueva corporación local con un signo político diferente se retrasó a julio por un contencioso-electoral, no hubo respuesta del ayuntamiento al requerimiento previo que le hizo la Junta y que ha dado lugar al contencioso-administrativo.
Pone en conocimiento de la sala que el consistorio, una vez "configurada la nueva organización de la nueva corporación", va a atender la petición del Gobierno andaluz de anular el acuerdo en un pleno ordinario convocado para el 23 de noviembre.
Remarca, asimismo, que, acto seguido a este pleno, se procederá por parte del Ayuntamiento a la "incoación del procedimiento de revisión de oficio de la licencia de obras 'Hotel Azata del Sol'" que se concedió en comisión de gobierno en enero de 2003 "por posible nulidad de pleno derecho".
Cabe recordar que los tribunales han visto "indicios suficientes" de que la licencia municipal de obras del hotel supone una "infracción grave o muy grave" a la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía (LOUA) y que el TSJA dio diez días en septiembre al consistorio para que informase sobre qué estaba haciendo para revisarla de oficio en el que era ya el segundo requerimiento sobre esta cuestión.
Sentido contrario
Este nuevo escrito del Ayuntamiento de Carboneras que firma el alcalde, Felipe Cayuela, se opone frontalmente en su contenido a otro elevado también al TSJA con fecha en este caso de 19 de octubre por la representación procesal que actuaba defendiendo los intereses del consistorio con el anterior regidor, José Luis Amérigo (PSOE).
Las alegaciones de las que reniega el actual equipo de gobierno se notificaron a las partes la pasada semana y en ellas el ayuntamiento pedía al alto tribunal andaluz que rechazase la petición de la Junta de Andalucía y negaba que el cambio de calificación del suelo del Algarrobico pudiese "tener efecto" sobre las licencias que "se otorgaron con anterioridad", entre ellas la licencia municipal de obras.
Sostenía que la "declaración de nulidad" de la normativa urbanística que la avala "deriva directamente" de esta sentencia, firme desde 2018 y negaba que el ayuntamiento deba reflejar, tanto "en sus documentos" como "en sus decisiones", que El Algarrobico es "suelo no urbanizable de especial protección desde 1994", año en el que se publicó la normativa ambiental del parque natural Cabo de Gata-Níjar.
El Ayuntamiento de Carboneras trasladaba, asimismo, que no resultaban "compresibles" los "reproches" que el Gobierno andaluz hace respecto a su actuación y señalaba que entendió que, para cumplir la sentencia, "bastaba una mera acomodación formal" de su contenido material a "fin de evitar que el planeamiento urbanístico del municipio continúe reflejando la condición de suelo urbanizable" del sector ST-1 o Algarrobico.
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