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En medio del ruido mediático en torno a la maternidad subrogada, pongamos atención en lo que realmente importa. No es ello la popularidad, edad, sexo u orientación sexual de un personaje, ni las carencias que trate de compensar mediante la compra de una criatura humana. Nada en absoluto justifica la satisfacción de un deseo mediante la utilización extrema de otro ser humano.
La maternidad subrogada es un contrato por el que una mujer perfectamente sana es sometida a un proceso de fecundación in vitro, que puede tener graves consecuencias para su salud; a un embarazo y parto bajo las condiciones impuestas por la parte compradora, para dar a luz a una criatura que le será retirada en el momento del parto y a cuya filiación debe de renunciar. El embarazo y el parto son procesos biológicos de enorme impacto físico, psicológico y emocional para una mujer. Sin embargo, ella, la madre biológica, es utilizada, invisibilizada, e ignorada, en esta maquinaria billonaria de la explotación reproductiva, sin que los contratos tengan en cuenta la atención de su salud física, psicológica ni emocional tras el parto.
También se ignora en qué medida influye en una criatura humana ser fabricada cual objeto de diseño, y separada radicalmente de su madre biológica desde el momento del nacimiento, para satisfacer los deseos de aquel o aquella que dispone de suficientes medios económicos para adquirirla.
Hablar de maternidad subrogada altruista o solidaria, como en el caso de Cuba; o hablar de "regulación para evitar abusos", es simplemente, hablar del interés de la industria por facilitar la legalización internacional de esta forma de comercialización de las criaturas humanas y violencia reproductiva contra las mujeres. ¿Se nos ocurriría hablar de una regulación del trabajo esclavo, o de la compra-venta de órganos, para "humanizar" tales prácticas?
Tenemos en España una situación contradictoria. Por una parte, la Ley de Técnicas de Reproducción Humana Asistida establece que serán nulos de pleno derecho los contratos de maternidad subrogada, comercial o altruista y que la filiación de una criatura corresponde siempre a la mujer que la da a luz. El Código Penal establece las penas correspondientes a las personas implicadas en la compra venta o entrega de una criatura. La propia Instrucción de 18 de febrero de 2019, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, afirma que la gestación por sustitución supone una grave vulneración de los derechos de los menores y de las madres gestantes. El Tribunal Supremo, en su sentencia de marzo de 2022, hacía un exhaustivo análisis condenatorio de la maternidad subrogada, afirmando que "tanto la madre gestante como el niño a gestar son tratados como meros objetos, no como personas dotadas de la dignidad propia de su condición de seres humanos y de los derechos fundamentales inherentes a esa dignidad" y la Ley 1/2023 de modificación de la ley de salud sexual y reproductiva, afirma que es una forma grave de violencia reproductiva, y establece que se prohibirá la promoción comercial de la gestación por sustitución. ¿Es esto congruente con ciertas portadas de revista que parecen hacer apología de un contrato de maternidad subrogada basándose en la popularidad de la parte compradora?
Pese a las condenas explícitas, la legislación española mantiene contradicciones que permiten la compra de bebés en otros países, además de ser España uno de los principales mercados de óvulos del mundo. De acuerdo con el punto 3 del artículo 10 de la mencionada ley de Técnicas de Reproducción Humana Asistida, el padre biológico puede reclamar la paternidad, dejando así sin efecto la nulidad del contrato. Además, la normativa de la Dirección General de Registros y Notariados en vigor permite que se inscriban en España como hijos a los bebés nacidos por subrogación en el extranjero, si se presenta la resolución judicial dictada por Tribunal competente de otro país en la que se determine la filiación del nacido. Sin modificar estos aspectos, la prohibición de la gestación por sustitución en España no es realmente efectiva.
La maternidad subrogada es un problema global, una violación de los derechos humanos y la dignidad de las mujeres y las criaturas, por lo que muchas voces, incluido el Informe del Comité de Bioética de España de 2017, abogan por su abolición mediante un convenio internacional.
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