El Tribunal Constitucional dicta sentencia

01 de abril 2025 - 03:09

Siempre he creído en la inocencia de José Antonio Griñán y de otros consejeros que ocuparon la consejería de Economía y Hacienda de la Junta de Andalucía, con respecto al caso de los ERE. La razón es muy sencilla, un expediente de regulación de empleo se inicia en una delegación de trabajo y su curso se desarrolla dentro de dicha consejería pasando por todos los órganos que tengan competencia en la materia, hasta el consejero de Trabajo que es el último responsable. Cuando de dicho expediente, que se ha tramitado con el visto bueno de los titulares de la consejería de Trabajo, se deriva hacer un pago, a la consejería de Economía y Hacienda le corresponde efectuar dicho pago y punto. La consejería de Economía y Hacienda no es superior jerárquica de las demás consejerías y sus consejeros no tienen el deber de controlar el modo en que se ejecuten partidas presupuestarias en otras dependencias que tienen el mismo rango. En nuestro sistema jurídico no existe ninguna ley que establezca competencias a la consejería de Economía y Hacienda para controlar la gestión de otras consejerías en materia económica. Donde no hay competencia no puede haber responsabilidad. El Tribunal Constitucional ha dado la razón a los recursos interpuestos por los consejeros que fueron condenados y ha declarado nulas las condenas por malversación que, en su día, impuso el Tribunal Supremo con los votos en contra de dos de los cinco magistrados que componían dicho tribunal. Personalmente las sentencias del Tribunal Constitucional me han producido enorme satisfacción porque, además de estar completamente de acuerdo con su contenido, considero que los más perjudicados, José Antonio Griñán y Carmen Martínez Aguayo, son dos personas intachables. El derecho no posee la exactitud de las matemáticas y sobre una sentencia judicial se puede estar a favor o en contra, pero en cualquiera de los casos, hay que respetarla y cumplirla. No entiendo la postura de la Audiencia de Sevilla que, hasta la fecha, ha evitado ejecutar las sentencias dictada por el Tribunal Constitucional y al cabo de ocho meses ha decidido recurrirlas ante el Tribunal de Justicia de la Unión europea. En nuestro ordenamiento jurídico el Tribunal Constitucional es el órgano superior para interpretar la ley y tiene competencia para declarar la nulidad de cualquier resolución de la justicia ordinaria. Espero que fracase ese empeño de la Audiencia de Sevilla de condenar a personas inocentes.

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