Cómo realizar la solicitud online del voto por correo para las elecciones generales

ELECCIONES

Es hasta el 13 de julio cuando se puede solicitar el voto por correo de manera telématica

Cuidado con la dirección que pones para recibir el voto por correo

El nuevo motivo que te libra de estar en una mesa electoral

Una ciudadana vota por correo durante los comicios de 2019. / D. S.
D. S.

05 de junio 2023 - 07:58

Pedro Sánchez convocó elecciones generales para el 23 de julio y miles de españoles se llevaron las manos a la cabeza ante la más que posible probabilidad de que en su imaginario ese domingo estarían lejos de su casa, metiendo los pies en alguna piscina, bañándose en el mar o visitando cualquier punto de la geografía nacional o internacional con familiares o amigos.

El voto por correo se cruzó entonces por sus mentes. Una opción por la que optaron casi un millón de españoles en las pasadas elecciones del 28 de mayo y que desde el pasado martes 30 de mayo puede solicitarse para evitar un cambio de ruta veraniega. Cómo realizar la solicitud online del voto por correo para las elecciones generales. Aquí os lo explicamos.

Es hasta el 13 de julio cuando se puede solicitar el voto por correo de manera telématica. Para ello hay que acudir a la web de correos, asegurándonos que tenemos certificado digital o DNI electrónico en vigor, así como la aplicación 'Autofirma' instalada en nuestro ordenador o dispositivo.

Hasta el 13 de julio se puede solicitar el voto por correo de manera telemática, siempre que tengamos certificado digital o DNI electrónico en vigor

Para obtener el voto por correo se deben completar los datos requeridos. DNI, nombre y apellidos, nacionalidad, fecha de nacimiento, los datos de la dirección postal donde se desea recibir la documentación electoral y se seleccionará la provincia en cuyo censo se está registrado. Tras revisar todo bien, sobre todo el tema de la dirección del envío (cuidado con la dirección que pones para recibir el voto por correo), se firmará con certificado digital y autofirma, aceptando las pertinentes cláusulas sobre la política de protección de datos.

Para finalizar, tal y como explican desde Correos, "sobre el documento firmado por el interesado, Correos realizará una firma electrónica adicional y facilitará la descarga de una copia del mismo a modo de justificante, finalizando de este modo la solicitud, que quedará presentada y grabada en el sistema".

¿Quién puede pedir el voto por correo?

Una vez presentada la solicitud vía web, y si es aceptada por la Oficina del Censo Electoral, los electores recibirán la documentación en la dirección indicada entre el 3 de Julio y el 16 de Julio y podrá votar en una oficina de Correos hasta el 19 de julio.

Los electores recibirán la documentación en la dirección indicada entre el 3 de Julio y el 16 de Julio

Pueden presentar la solicitud electrónica de voto por correo los electores residentes en España y los electores residentes en el extranjero que se encuentren temporalmente en España, pero no por los electores residentes en España que se encuentren temporalmente en el extranjero, ni por los electores residentes en el extranjero que lo soliciten desde su país de residencia.

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