Un vecino de Almeria asfixiado por los créditos logra el perdón de casi 190.000 euros de deuda
Después de entregar su vivienda, seguía sin poder afrontar los préstamos que ahora han sido exonerados por el Juzgado de Primera Instancia número 2 de la capital aplicando la Ley de Segunda Oportunidad
Un empresario consigue que le perdonen una deuda de más de un millón de euros en Almería
Un vecino de Almería afectado por la crisis inmobiliaria ha conseguido el perdón de 190.000 euros tras entregar su vivienda. Este hombre no pudo afrontar los créditos acumulados, en especial un préstamo hipotecario abusivo sacado en plena burbuja inmobiliaria. Durante todo el proceso, desde 2019, han podido vivir en su casa sin pagar nada hasta cumplir su objetivo de entregarla a cambio del perdón del 100% de las deudas. El proceso ha sido llevado íntegramente por la Asociación de Ayuda al Endeudamiento aplicando la Ley de la Segunda Oportunidad y la sentencia la ha dictado el magistrado Francisco José Domínguez del Juzgado de Primera Instancia número 2 de Almería. La grave situación de sobreendeudamiento tras solicitar una serie de créditos en diversas entidades financieras, con el objetivo de hacer frente a múltiples deudas derivadas de las necesidades económicas de la unidad familiar.
La acumulación de deudas familiares llevó al solicitante a recurrir a distintos productos financieros para cubrir gastos urgentes y evitar impagos. Sin embargo, la gestión de los créditos no fue suficiente para aliviar la presión económica, lo que resultó en un sobreendeudamiento que ahora ponía en riesgo su estabilidad financiera y la de su familia. Tal y como explica Pepe Domínguez, abogado de Ayuda Endeudamiento, “el importe del préstamo, frecuente en las operaciones firmadas en la época, supera con creces el valor real de la propiedad”. Además, prosigue Domínguez, “los altos intereses contratados y la caída de los precios de la vivienda dieron lugar a una situación de insolvencia de nuestros asociados, que intentaron en su día amistosamente la dación en pago”. Estudiado el caso con minuciosidad, los letrados de la Asociación les aconsejaron comenzar el procedimiento de la Ley de la Segunda Oportunidad, procedimiento por aquel entonces casi desconocido en nuestro país.
La estrategia a llevar estaba clara: liquidar la vivienda en concurso de acreedores a cambio de la cancelación, no solo del préstamo hipotecario, sino de toda la deuda pendiente. Además, con el inicio del procedimiento el deudor podía dejar de pagar sus préstamos y seguir disfrutando de su vivienda mientras durase el procedimiento. El proceso tiene unos pasos marcados: se presenta la demanda en los Juzgados competentes solicitando la apertura de un “concurso de acreedores". En este punto, los deudores ponen a su disposición su vivienda para entregarla como única forma de pago. Al menos, para parte de la deuda pendiente. Una vez gestionada esta fase, se procede a solicitar la deuda pendiente que no se ha satisfecho con la liquidación de la vivienda. En este caso, quedaban unos 180.000 pendientes todavía. Finalmente, el juzgado dictó la sentencia de exoneración dejando sin efecto los 189.198,51 euros que debía el concursado. Desde ahora, los acreedores de los asociados no pueden reclamar nada más ni incluir al ex-deudor en ficheros de morosos.
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