El TSJA condena al Ayuntamiento de Almería por inacción ante los ruidos de los bares en el centro histórico

Zona Acústicamente Saturada

El Consistorio va a apelar al Supremo, ya que los demandantes solicitan acciones, incluida orden de cierre de conocidos locales

Almería capital descarta ampliar el ‘coto’ a los bares en el centro histórico

Raúl Enríquez, concejal del PSOE, ha dado a conocer la sentencia en el Pleno
Raúl Enríquez, concejal del PSOE, ha dado a conocer la sentencia en el Pleno

 El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), ha condenado al Ayuntamiento de Almería por no aplicar medidas contra el exceso de ruidos procedentes de bares y terrazas concentrados en la Zona Acústicamente Saturada (ZAS), al considerar que su inacción vulnera el derecho fundamental al descanso de los vecinos del casco histórico afectados, en un espacio donde, además, la concertación de locales y terrazas supera los límites establecidos por el propio Consistorio.

La sentencia, emitida a finales del pasado mes de junio por el TSJA, ha sido dada a conocer por el concejal del PSOE Raúl Enríquez durante el transcurso del Pleno ordinario celebrado por el Ayuntamiento, censurando el representante de la oposición al equipo de gobierno el haber llegado al extremo de la vía judicial, por “tener ordenanzas que el Ayuntamiento ni cumple” y, por tanto, por su “inacción y permisibilidad”.

Según recoge el TSJA, que estima el recurso de apelación ante una primera sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 2 de Almería a favor del Ayuntamiento, los vecinos denunciantes llevan catorce años soportando “ruidos insoportables” . Admite el Tribunal Superior los escritos de queja dirigidos al Ayuntamiento durante varios años, así como el estudio de contaminación acústica encargado por los afectados a un perito especializado, a la hora de estimar que el Ayuntamiento “ha vulnerado los derechos fundamentales de las recurrentes”, condenando al mismo a adoptar “todas las medidas legales necesarias para garantizar la imposibilidad de la superación de los valores límites establecidos y de la transmisión de los ruidos de las actividades” que, además de las hosteleras, se refieren también al ruido del servicio de recogida de la basura. El dictamen también obliga al cese definitivo de las inmisiones ruidosas en la vivienda afectada”.

Según consta en el cuerpo de la sentencia, se encuentra en un espacio donde solo está permitida la actividad para cuatro negocios hosteleros y dos terrazas, si bien son seis locales los activos con sus respectivas sillas y mesas, siendo los niveles registrados “intolerables e incompatibles con el descanso”.

El Ayuntamiento prepara un recurso de casación ante el Tribunal Supremo, según ha avanzado la concejal de Alcaldía, Amalia Martín, ya que, según la responsable del PP, los demandantes piden la adoción de medias, inclusive orden de cierre de los establecimientos.

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