Ocupar una vivienda y usar el agua y la luz no es delito: no se puede probar que realizaran enganches ilegales
Tribunales
La denunciante exponía que desde un año antes varias viviendas del edificio habían sido ocupadas, contando con enganches ilegales a los suministros
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Almería/Una juez de Almería ha absuelto a seis acusados de efectuar enganches ilegales a los suministros de luz y agua de un edificio de Vera, al considerar que el hecho de ocupasen dichos domicilios e hiciesen uso de estos servicios no es prueba de que supiesen que se habían realizado estas conexiones.
En esta causa fueron juzgados tres hombres y otras tantas mujeres, a raíz de una denuncia interpuesta el 15 de junio de 2018 ante la Guardia Civil de Vera por la presidenta de una comunidad de vecinos de este municipio.
La denunciante exponía que desde un año antes varias viviendas del edificio habían sido ocupadas, contando con enganches ilegales a los suministros de luz y agua de la comunidad.
En este sentido, apuntaba que Codeur había acudido en varias ocasiones a reparar los empalmes de los ocupas, si bien Endesa les daba "largas".
Sin embargo, para la juez Juana Cortés no ha quedado acreditado que los procesados disfrutasen en precario de dichos domicilios, ni que realizasen estos empalmes generando perjuicios por más de 2.400 euros.
En este sentido, la magistrada señala que la denunciante no ha comparecido durante la instrucción de la causa, a pesar de haber sido citada en varias ocasiones, por lo que esta denuncia no fue ratificada, toda vez que la comunidad de propietarios tampoco formuló ninguna reclamación.
"La única prueba practicada en el plenario ha consistido en el interrogatorio de los seis acusados, quienes mantienen las versiones exculpatorias que ofrecieron en sede de instrucción", dice la juez, quien precisa que tampoco han declarado ni han sido citados a la vista oral los agentes de la Guardia Civil que llevaron a cabo la identificación de las viviendas ocupadas, ni los que acompañaron a los técnicos de Codeur y Endesa a retirar los enganches ilegales.
Es más, precisa que en el atestado ya se constata que no se ha podido identificar a todos los ocupaes de las viviendas.
"En base al propio reconocimiento por los acusados sobre el extremo de haber ocupado las respectivas viviendas, incluso de no haber pagado los recibos de luz y agua durante parte del periodo que permanecieron en las mismas (...) es posible concluir que existió una utilización de mecanismos aptos para la defraudación", apostilla.
"Sin embargo, no es posible llegar" a la conclusión de que los acusados "engancharan ilícitamente los suministros de agua y electricidad a las redes respectivas de abastecimiento de la comunidad de propietarios". "El sólo hecho de utilizar el agua y la energía eléctrica no es indicio suficiente para entender probado que los acusados eran conocedores de la existencia de tal manipulación", añade.
Por ello, los absuelve del delito continuado de defraudación de fluido eléctrico y de agua por el que la Fiscalía había solicitado una pena de siete meses y medio de multa, a razón de seis euros diarios, y el pago de indemnizaciones a la comunidad de propietarios.
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