El Obispado de Almería interviene la Hermandad de la Virgen del Carmen de las Huertas

Religión

Ningún cofrade ha querido asumir el ejercicio de Hermano Mayor tras dos convocatorias de elecciones

La Virgen del Carmen Coronada

Virgen del Carmen.
Virgen del Carmen.

La autoridad diocesana ha procedido a intervenir diocesanamente la Muy Antigua, Real y Venerable Hermandad de Nuestra Señora del Carmen Coronada, Reina de las Huertas con sede canónica en la Iglesia parroquial de San Sebastián bajo el rectorado del sacerdote Rvdo. Manuel Cuadrado Martín, miembro del Consejo de Consultores y arcipreste del Arciprestazgo de la Virgen del Mar (Almería Oeste). Las razones no son otras que la falta de hermanos cofrades que quieran asumir el ejercicio de Hermano Mayor y configurar una junta de gobierno tras dos convocatorias de elecciones que han resultado infructuosas.

El comunicado oficial remitido por la corporación marianista, la cual ha tenido que poner en conocimiento del Obispado a través de la dirección espiritual y cura párroco el hecho de no haberse presentado ningún cofrade a las elecciones al cargo de hermano mayor, dando lugar a la constitución de una comisión gestora, no sin antes agradecer el trabajo loable y plausible realizado por esta hermandad de gloria, por su compromiso apostólico, por su dedicación a la parroquia y su buen hacer durante estos años pasados.

Gran trabajo el realizado que culminó el 30 de Mayo de 2015, cuando la imagen sagrada de Nuestra Señora del Carmen fue coronada canónicamente en la plaza de la Catedral de Almería en una ceremonia presidida por el Obispo de Almería, hoy Emérito, Monseñor Adolfo González Montes y concelebrada por el entonces Obispo de Guadix, hoy de Getafe, Monseñor Ginés Ramón García Beltrán. Todo un hito en la religiosidad popular almeriense de grato recuerdo espiritual.

Es de suma importancia, que unidos a la Comisión Gestora dirigida por el cofrade y exhermano Mayor de la Hermandad del Cristo del Amor, Juan Enrique Ureña Belmonte, se prosiga trabajando conforme a lo que marcan las reglas aprobadas por la autoridad eclesiástica para que no se produzcan quiebras en proseguir con las actividades que están establecidos estatutariamente y con especial interés en la organización de los actos, que Dios mediante, se llevarán a cabo con motivo de la festividad litúrgica de la Virgen del Carmen el próximo día 16 de julio.

Y es que, si es importante que la gobernanza y la gestión de una Hermandad, un hermano mayor que la dirija, tiene el mismo valor que el conjunto colegiado de una junta de gobierno que arrope al hermano mayor para repartir el trabajo en diversas áreas cofrades y de ahí sale el grupo fraternal, que hace posible que una cofradía pueda realizar sus cultos en la parroquia, salga a la calle en su procesión de alabanza, como es en este caso, y sea capaz de hacer crecer la Hermandad en comunión eclesial con la propia parroquia a la que pertenece en sus ámbitos de la caridad y el patrimonial. Se precisa de bastante tiempo para dedicar horas de trabajo pastoral, no siempre valorado, a la Cofradía para incidir en los propios cofrades en la búsqueda constante de transmitirle vitalidad para vivir el proyecto misionero de la Hermandad durante todos los días del año.

En estos tiempos, como en otros ámbitos, ser Hermano Mayor no es tarea fácil, el compromiso voluntario que se asume con el cargo es mayúsculo. Son bastantes los debates internos que invaden a aquellos que están dispuestos a tomar la decisión de presentar su candidatura a este cargo. El Hermano Mayor es responsable de gestionar y ejecutar el día a día de la Cofradía. Entre sus obligaciones encontramos las de representar oficialmente a la entidad, cuidar sus bienes, incrementar su relación con la Iglesia, velar por el cumplimiento de los derechos y deberes de los hermanos, en definitiva, destinar voluntariamente muchas horas de tiempo familiar o de ocio productivo en beneficio de la corporación cofrade a la que representan.

Pero, además de estos compromisos, tienen otras responsabilidades, no solo las que se derivan del Derecho Eclesiástico, sino la propias del orden civil que se derivan de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, en cuyo artículo 15 se enumeran los aspectos más relevantes respecto a la responsabilidad de los miembros del órgano de gobierno. La legislación obliga a los miembros de las Juntas de Gobierno a responder de cualquier acto que hayan realizado en perjuicio de la Hermandad o Cofradía, no solo en el ámbito eclesiástico, sino civil y penal. Los estatutos de cualquier Hermandad o Cofradía establecen que el Hermano Mayor ha de actuar de manera diligente y defender con lealtad los intereses de la entidad. Por lo tanto, no podrá aprovechar su cargo para intereses propios ni podrá utilizar el nombre de la Hermandad para los mismos. Además deberá estar informando sobre la marcha de la actividad e informar a los hermanos de los acontecimientos relevantes que ocurran en la misma. Estos deberes y obligaciones son los que determinan la responsabilidad del Hermano Mayor frente a los hermanos que lo nombraron y la propia Hermandad.

stats