El número de trabajadores extranjeros continúa al alza como sostén del campo
La inmigración en Almería
El 65% de los ocupados durante la última campaña agrícola procedían de otros países. El registro más alto se dio en febrero con 72.589 contratos, de los que 38.096 corresponden al régimen agrario
Los trabajadores extranjeros cada vez son más imprescindibles para el desarrollo socioeconómico de la provincia de Almería. A pesar del retroceso experimentado los años posteriores al estallido crisis económica que golpeó fuertemente al sector del ladrillo, la estadística de afiliados a la Seguridad Social no ha dejado de crecer desde 2015 alcanzando el mayor registro de contratos en febrero de este año con más de 72.500 y una proporción superior al 22% del total de empleos del mercado laboral en Almería. Un punto por encima del peso específico que tiene la población inmigrante en la provincia -156.357 personas- que alcanza el 21% del total y a su vez se sitúa diez puntos por encima de la tasa de extranjeros en España (11,48%). Tan sólo la proporción de trabajadores foráneos de Cataluña está por encima de la que presenta Almería con el 24,5% y a continuación estaría Madrid con el 20,2% del total de los ocupados.
En enero del año 2000 había 12.452 trabajadores y representaban una cuota de actividad de apenas un 6,5%. Dos décadas después han quintuplicado la cifra de contratos y en algunos sectores juegan un papel determinante como en la agricultura. De hecho, este sector es todo un ejemplo de recepción de inmigrantes y de su integración laboral con un 65% de los trabajadores de hasta 140 países en el régimen especial agrario en la última campaña, un volumen que cuadriplica la media regional y casi triplica la estatal. El mar de plástico almeriense arrancaba la campaña el pasado mes con cerca de 35.000 cotizantes foráneos en alta laboral, principalmente de Marruecos, Rumanía y Senegal. En los invernaderos están ocupados más de la mitad de una estadística de extranjeros ocupados que nunca fue tan alta en septiembre. De una media de 13.802 en ese mes del año 2000 se pasa a 25.054 en 2004, 42.181 en 2010, 46.240 en 2015 y 65.272 en septiembre de 2022, según los datos del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.
De los trabajadores que actualmente figuran en alta laboral, 15.293 proceden de la Unión Europea y 49.979 del resto de países. El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) contabilizó más de 126.000 contratos a trabajadores extranjeros en 2021 destacando, entre sus principales características, que es el colectivo de interés para el empleo que presenta menor parcialidad y menor índice de rotación, además de la importante representación que tiene en el mercado laboral provincial. Estas contrataciones superan en más de 22 puntos porcentuales la media autonómica y en 17 puntos la nacional. El número de afiliados extranjeros en España al cierre de septiembre, una vez descontada la estacionalidad y el efecto calendario, fue de 2,4 millones, 19.791 más que en el mes anterior y un incremento de 250.000 antes del impacto de la pandemia en febrero de 2020.
En Andalucía sólo Málaga supera a la provincia almeriense con una cifra cercana a los 90.000 trabajadores. A nivel nacional, en el régimen agrario aparecen 209.109 cotizantes de otros países, de los que nada menos que 17% corresponden a los contratos formalizados en Almería. La radiografía de esta evolución permanente de los trabajadores extranjeros, que experimentó un leve retroceso a partir de la recesión de 2008, marca un salto fundamental en el año 2004 con la reforma de la Ley de Extranjería aprobada por el Gobierno de Zapatero pasando de 28.358 afiliados foráneos en diciembre de 2004 a más de 52.000 en el mismo mes del año siguiente.
En febrero de 2008 se alcanzaron los 52.964 contratos a personas de otros países en la provincia alcanzando ya el 19% de la población ocupada. En sólo ocho años creció la estadística en torno a un 325%, de manera que la mitad de los 85.000 afiliados nuevos a la Seguridad Social eran de procedencia extranjera. Con la llegada la crisis económica este ritmo de crecimiento sufrió una ralentización, pero sin suponer un retroceso significativo. En el mes de diciembre de 2010 había 47.907, su proporción más baja desde la reforma del reglamento y la tasa de paro en la peor coyuntura provincial se elevó al 25% de los inmigrantes. En algunas provincias estaba por encima del 32%. El momento de menor afiliación extranjera a la Seguridad Social en un periodo de progresión casi constante se produce en agosto de 2013 con una disminución de trabajadores de otros países a 38.403. Al igual que con el empleo en general, las campañas en el campo elevan y descienden la afiliación entre la población inmigrante, siendo un mapa de picos del empleo en el que la estacionalidad del sector de frutas y hortalizas condiciona la dinámica mensual dentro de un escenario interanual que ya no ha dejado de crecer desde finales de 2015.
Mejoras en la migración regular
La reforma del reglamento de Extranjería en vigor desde este verano incluye medidas de refuerzo de la migración regular incorporando tres grandes novedades. En primer lugar, una racionalización de los requisitos exigidos para los trabajadores autónomos procedentes de terceros países; en segundo lugar, una mejora de los trámites de contratación en origen mediante la incorporarán automática al Catálogo de Ocupaciones de Difícil Cobertura de aquellas ocupaciones pertenecientes a los sectores económicos que se determinen por acuerdo de la Comisión Delegada de Asuntos Económicos a propuesta del Ministerio de Inclusión y una reducción de plazos. La normativa también mejora el modelo de migración circular, dotando de mayor estabilidad a trabajadores y empresas y reduciendo las cargas administrativas.
Las autorizaciones serán plurianuales y habilitarán a trabajar 9 meses al año durante 4 años y este modelo podrá ser utilizado por cualquier sector en el que exista déficit de trabajadores. Por último, el Real Decreto también incorpora mejoras en la gestión administrativa mediante la reducción de cargas y la creación de la Unidad de Tramitación de Expedientes de Extranjería (UTEX), de forma que se agilicen los trámites, se avance hacia la ventanilla única y se homogeneice la aplicación de la normativa de extranjería en todos los territorios. Además, la reforma también introduce mejoras en la tramitación en las Oficinas Consulares. Esta reforma del Reglamento de Extranjería profundiza en la aprobada en otoño de 2021 para favorecer la inclusión de los menores no acompañados y jóvenes extutelados.
La reforma del Reglamento de Extranjería
El jefe de la Oficina de Extranjería de la Subdelegación del Gobierno en Almería, Javier Durán, explicó los avances más relevantes de la reforma del reglamento que está en vigor desde el 16 de agosto en sendas jornadas organizadas por el Colegio de Abogados y el de Graduados Sociales. El objetivo es difundir entre los profesionales las novedades que incorpora esta reciente modificación con la que se pretende mejorar el modelo migratorio español y sus procedimientos administrativos, favoreciendo la incorporación al mercado laboral de las personas que se encuentran en nuestro país, reforzando las vías de migración regular y avanzando en el sistema de gestión. En la figura del arraigo social se incorpora una actualización motivada por la reforma laboral. El contrato que debe aportase en esta modalidad de arraigo que hasta ahora debía tener una duración mínima de un año pasa a no valorarse por su duración, sino exclusivamente por su adecuación al Salario Mínimo Interprofesional y a la duración de la jornada, que deberá ser mínimo de 30 horas. En el sector agrícola, esta modificación abre la puerta a que el arraigo pueda hacerse mediante un contrato fijo-discontinuo, que es la modalidad de contrato que en la reforma laboral se configura como el propio de las actividades estacionales o de campaña. En otros sectores, nada obsta a que el arraigo social pueda hacerse con un contrato por circunstancias de la producción, es decir, de naturaleza temporal, si bien hay que tener que la reforma laboral apuesta decididamente por la contratación indefinida, siendo excepcionales los supuestos en los que puede recurrirse a la contratación temporal.
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