Un matrimonio consigue el perdón de 130.000 euros tras cerrar su negocio en Almería

Tribunales

El descenso de las ventas a partir de en el negocio que regentaba este matrimonio les obligó a concursar su empresa y cerrarla

Todas las deudas acumuladas debían ser respondidas a título personal, lo cual era inviable con los ingresos que empezaron

El clan desarticulado en el Poniente ya había tomado el relevo de los 'Lateros' en el "petaqueo"

Ciudad de la Justicia de Almería.
Ciudad de la Justicia de Almería. / Marian León
Redacción

08 de agosto 2024 - 18:20

Almería/Un matrimonio ha conseguido el perdón de 130.000 euros tras cerrar su negocio en Almería. El contexto actual que vivimos es desfavorable para muchos autónomos que arriesgan su patrimonio para salvar sus negocios. La Ley de la Segunda Oportunidad supone una alternativa para no lastrar de por vida al empresario tras un cierre de su negocio con deudas.

Este matrimonio montó un negocio relacionado con el sector de la alimentación que abarcó exitosamente varias ramas del sector de las artes gráficas. Llegaron a tener una facturación que les permitía vivir bien, el paso de la crisis de finales de 2010 les obligó a sobreendeudarse para evitar el cierre debido al descenso de su facturación.

Con una situación ya insostenible, decidieron ponerle fin a esta etapa empresarial. Contactaron entonces con los abogados de la Asociación de Ayuda al Endeudamiento para valorar si era posible una quita o la Ley de la Segunda Oportunidad. Efectivamente, era viable y posiblemente una de las mejores decisiones financieras de su vida.

“Una vez asumieron que no les quedaba otra que cerrar la empresa, se tramitó un ‘concurso de acreedores exprés’, que consiste básicamente en pedir al Juzgado que disuelva la sociedad, ya que solo tiene deudas y no consta de patrimonio”, explica Pepe Domínguez, abogado de la asociación.

Tras conseguir liquidar la sociedad, aún contaban con deudas a título personal. Por ello, la Asociación también aconsejó al matrimonio declararse insolvente y acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad.

Se presenta así la demanda de concurso en el juzgado correspondiente detallando toda la situación de los deudores: bienes en propiedad, cuantía a deber, ingresos, delitos, origen de las deudas…

Con esta argumentación, los letrados solicitaron el perdón de toda la cantidad pendiente en los tribunales almerienses. Entre ellas, las que deben ante Seguridad Social y Agencia Tributaria.

Para acogerse al procedimiento es necesario cumplir una serie de requisitos. Estos son, esencialmente: la insolvencia del interesado, no haberse acogido a la Ley de la Segunda

Oportunidad en los últimos 5 años y no haber sido condenado por delitos socioeconómicos.

Una vez comprobados no hubo más discusión. El Juez ha dictado sentencia concediendo el EPI (Exoneración del Pasivo Insatisfecho) y cancelando los 131.000 euros. Como consecuencia, quedan sin posibilidad de reclamarles nada ninguno de sus acreedores -entre otros Caixa, Santander, Axactor…- ni incluirlos en ficheros de morosidad.

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