Se libra de la cárcel: no se puede probar que tuviese prostituidas a mujeres sin contrato en su bar

Tribunales

En este sentido, los magistrados inciden en que la prueba es meramente indiciaria

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Club de alterne. / M. G.

Almería/La Audiencia de Almería ha absuelto al dueño de un bar de copas de El Ejido para el que la Fiscalía había interesado tres años de prisión por un delito contra los derechos de los trabajadores por tener sin dar de alta a seis mujeres presuntamente prostituidas en su local.

La sentencia, a la que ha tenido acceso EFE, indica que la Inspección de Trabajo y Seguridad Social realizó una visita de inspección sobre las 21:20 horas del 30 de junio de 2022 a este "establecimiento de bebidas, bar de copas y alterne" del municipio ejidense.

Precisa que en ese momento este negocio empleaba a seis personas que "habían sido dadas de alta por el encausado" en la Seguridad Social, como trabajadoras de una sociedad limitada de su propiedad.

Subraya el fallo que durante la inspección se identificó a seis mujeres mujeres, que se encontraban fuera de la barra de bar, de las que dos carecían de permiso para residir y trabajar en España.

Sin embargo, para los magistrados no ha quedado acreditado que estas mujeres, que se encontraban "fuera de la barra hablando y algunas tomando alguna consumición", llevasen a cabo "funciones de alterne y hostelería", ni que "estuvieran siendo ocupadas" en este local sin dar de alta a la Seguridad Social.

En este sentido, los magistrados inciden en que la prueba es meramente indiciaria y que de ella no puede deducirse que estas mujeres "estuvieran empleadas por el acusado para realizar funciones de alterne con clientes, sometidas a un horario y percibiendo una remuneración por cada copa o consumición que los clientes abonaban".

Destacan que la inspección se realizó a primera hora de apertura del local y que en ese momento sólo estaban dentro estas mujeres y ningún otro cliente en el lugar. 

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