El crimen de Gádor, la historia real que inspira a "El hombre del saco"

Tribunales

"Si hoy se hubiesen juzgados los hechos, la pena estaría clara. Tal y como está recogido en el Código Penal actual es prisión permanente revisable", dice el presidente de la Audiencia, Luis Miguel Columna

¡Inédito! La historia judicial real del 'Tío del saco' de Almería

Los hechos acontecidos hace más de un siglo en Gádor llegan ahora al cine. / D.A.
Miguel Martín/Efe

14 de agosto 2023 - 10:46

Almería/“Niño, no te portes mal o te llevará el ‘Tío del saco’”. Durante décadas, esta ha sido la advertencia utilizada por muchos padres para que sus hijos se portasen bien, un aviso que utiliza una figura casi de leyenda urbana pero que tiene su origen en el conocido como el crimen de Gádor, y que ahora sirve de inspiración para la película "El hombre del saco" dirigida por Ángel Gómez Hernández.

El caso real “se extendió y se comentó mucho a nivel nacional”, asegura a EFE el magistrado Luis Miguel Columna, presidente de la Audiencia Provincial de Almería, que ha realizado un detallado análisis de la sentencia que condenó a los implicados. “De hecho, mucha gente en otras provincias conoce toda la historia del ‘Tío del Saco’ o el ‘Sacamantecas’, y ahí está el hecho de que incluso ahora, más de 110 años después, hacen una película sobre este suceso”, añade.

EL CRIMEN

Junio de 1910. Agustina Rodríguez, una curandera, intenta sanar sin éxito a Francisco Ortega, el Moruno, un vecino de Gádor que padecía de tuberculosis. Ante la falta de éxito, la mujer recurre a Francisco Leona, barbero del municipio, que propone como fatídico remedio la ingesta de la sangre de un niño.

Cuando ambos curanderos recibieron 3.000 reales del enfermo, Leona diseña el plan para secuestrar a un menor. Julio Hernández, el Tonto, hijo de Agustina, recibe la promesa del pago de 10 duros para convertirse en el ya, tristemente, popular "Tío del saco".

Luis Miguel Columna, presidente de la Audiencia Provincial de Almería. / Rafael González

Tras un primer intento frustrado, debido a los gritos de la niña de Benahadux a la que iba a llevarse, el 28 de junio de 1910 el Tonto consigue introducir en un saco al niño Bernardo, de 7 años.

“Estamos hablando de unos hechos que ocurrieron a principios del siglo pasado, cuando se creía que la sangre era fuente de vida. Un error que médicamente está más que demostrado que no tenía ninguna relevancia, ni hubiera tenido ningún resultado”, apunta Columna.

Pese a ello, al pequeño le extrajeron la sangre por las axilas para que pudiese beberla el Moruno, y más tarde lo trasladaron a otro lugar para sacarle las "mantecas" y que el enfermo se las frotase por el pecho. Esto último fue lo que provocó la muerte del pequeño.

LA JUSTICIA

Aunque el papel de Francisco Leona fue aparentemente clave, en la sentencia de la Audiencia de 1 de diciembre de 1911 no se refleja su participación, ya que murió en febrero de ese año mientras se encontraba en prisión preventiva y no pudo ser juzgado al dar por extinguida su responsabilidad criminal por la llamada "muerte del reo".

El juicio se celebró en el otoño de 1911 dentro de la competencia del procedimiento del jurado (de 1888), con doce miembros y dos suplentes, elegidos con la aprobación del párroco y del maestro del lugar del crimen, y con cinco magistrados como presidentes de la vista.

Escena de la película 'El hombre del saco'.

Aunque la sentencia de la Audiencia Provincial ha desaparecido, se cuenta con la ratificación del Tribunal Supremo, en la que la condena final “es pena de muerte tanto para Moruno como para Agustina y para Julio. Condena que no puede ser otra tal y como estaba regulado en el Código Penal de 1870”.

“Estamos ante un delito de asesinato, en el que concurre la circunstancia de alevosía como agravante específica. Luego concurren cuatro agravantes genéricas, despoblado, ensañamiento, premeditación...", aclara. Agustina y el Moruno fueron ejecutados, pero el Tonto se libró gracias a un indulto parcial del rey Alfonso XIII, que lo abocó a la cadena perpetua.

LA ACTUALIDAD

“Si hoy se hubiesen juzgados los hechos, la pena estaría clara. Tal y como está recogido en el Código Penal actual es prisión permanente revisable. Con esos hechos probados, ya son muchas las sentencias en las que, al tratarse de un menor y al existir alevosía, esa es la pena”, explica Columna, que aclara que también sería un jurado el responsable de enjuiciar a los acusados.

Lo que sí ha cambiado es que la superstición tras el crimen de Gádor ya no se ve en la provincia almeriense. “Al menos en los 20 o 30 últimos años no ha habido juicios por hechos similares”, asevera el magistrado.

Únicamente se ven ahora casos relacionados con el vudú como amenaza, “y no en delitos contra la vida, sino más bien de estafa o contra el patrimonio; son muy pocos y cometidos contra ciudadanos de otras nacionalidades, especialmente de los países africanos”.

El presidente de la Audiencia Provincial de Almería subraya que aquel juicio se ajustó “perfectamente” a la legislación de la época, y con todas las garantías de carácter procesal y penal, tal y como ocurriría en la actualidad.

Y aunque la provincia no ha estado exenta en los últimos años de asesinatos de niños, el "Tío del saco" sigue aún muy presente. Tanto como para regresar ahora a través del séptimo arte y asustar ya no solo a los pequeños, sino también a los mayores.

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