Antonio Lao
El silencio de los pueblos
Tribunales
Almería/El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado una de las penas impuestas al osteópata de Níjar condenado en dos ocasiones por la Audiencia de Almería por abusos sexuales a sus pacientes.
En este caso, ratifica la pena de cinco años de cárcel al rechazar el recurso de apelación contra la sentencia que declaró probados unos hechos que tuvieron lugar sobre las siete y media de la tarde del 11 de agosto de 2018, en la consulta del procesado en la barriada nijareña de San José.
La víctima, que sufría una hernia discal, “siguiendo las indicaciones del procesado, se tumbó en la camilla, primero boca abajo con el sujetador desabrochado y a continuación boca arriba, ya sin sujetador, procediendo el acusado a tocarle los pechos de manera libidinosa", dice el fallo.
A continuación, el hombre comenzó a masajear las inglés de la víctima y llegó a introducir de "manera sorpresiva" dos de sus dedos en la vagina de la paciente.
Según la sentencia, en ese momento le dijo que "tenía el cuello del útero desplazado y que posiblemente sintiera ganas de orinar por lo que le quitó los pantalones y, sin cubrirla con una sábana, la dejó totalmente desnuda en la camilla".
La mujer, que tenía 28 años cuando sucedieron los hechos, murió dos años más tarde por "causas no determinadas".
De esta forma, O.F.B. ha sido condenado a cinco años de prisión por un delito de abuso sexual, por el que también se le inhabilita para ejercer como osteópata durante seis años y se le impone la medida de libertad vigilada durante este mismo periodo. Además, tendrá que indemnizar con 6.000 euros a los herederos de la víctima.
El TSJA expone ahora en su nuevo fallo que “es fácil comprender que el acusado no podía sin más introducir sus dedos en el órgano sexual de la víctima, pues de haber actuado de forma tan burda el abuso habría quedado de manifiesto de manera ostensible”.
“Trató de revestirlo bajo la apariencia de un tratamiento osteopático, de ahí que, como explicó la denunciante, cuando se dio cuenta de la introducción dactilar no le dijo que parara porque mientras tanto iba explicándole de forma tan convincente la idoneidad del masaje vaginal que le estaba realizando que le creyó”, añade el alto tribunal andaluz.
Todo ello hasta que, al darse cuenta de la “trascendencia y significación sexual” de lo que le había ocurrido, se lo contó a sus personas de confianza y decidió denunciarlo.
O.F.B. fue condenado a diez años de cárcel por dos delitos de abuso sexual, poco después del primer fallo y también por la Audiencia de Almería, por introducir los dedos en la vagina de otras dos clientas.
En ese caso, en algún momento entre 2014 y 2015 una mujer acudió a su consulta porque padecía un problema de espalda, y añade que de acuerdo a las indicaciones del acusado, se tumbó en la camilla.
En un momento dado, con "ánimo libidinoso", comenzó a masajearle las inglés y le introdujo dos dedos en su aparato reproductor "de forma inesperada" y "sorpresiva", y a la vez le manifestó que lo hacía "porque un orgasmo le ayudaba a relajarse".
Tras esto, la mujer se levantó "inmediatamente" de la camilla, pagó y se marchó del lugar.
Posteriormente, en 2015, una segunda mujer acudió a esta clínica al tener problemas de espasmos en la vejiga. Tras hacerle presiones en el abdomen y en la pelvis, actuó como en el caso anterior, con "tocamientos en el interior de la vagina con los dedos".
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