Condenan a la junta directiva de una asociación cannábica de Almería por vender droga

El 21 de mayor de 2020 la Policía Nacional efectuó un registro en la sede del colectivo, debido al trasiego de personas que había en el local

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Sede TSJA en Granada.
Sede TSJA en Granada.

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado las penas impuestas a tres miembros de la junta directiva de una asociación cannábica de Almería que utilizaron dichos cargos, a los que accedieron previo pago, para vender drogas.

La sentencia rechaza el recurso de apelación contra la de instancia, que declaró probado cómo la asociación fue inscrita el 17 de marzo de 2015 en el registro de la Junta de Andalucía, con un presidente, secretario y tesorera diferentes a los procesados.

A partir de la asamblea general extraordinaria del 12 de abril de 2016, en la que se modificó la composición de la junta directiva, se produjeron "sucesivos" cambios en los cargos de de este órgano, e incluso en el domicilio social del colectivo.

El fallo original y el del TSJA inciden en que se desconoce la actividad de la asociación hasta diciembre de 2019, cuando los dos acusados se interesaron por un trato que les permitiese acceder a los cargos de representación del colectivo e iniciar la venta de estupefacientes "amparados" en la documentación del colectivo.

Finalmente, lograron su objetivo y fueron nombrados presidenta, secretario y tesorera de la asociación, tras lo que comenzaron a vender drogas "aparentando que la forma asociativa amparaba la libre circulación" de estas sustancias.

Ya el 21 de mayor de 2020 la Policía Nacional efectuó un registro en la sede del colectivo, debido al trasiego de personas que había en el local, y descubrieron distintas cantidades de marihuana y hachís, además de algunos gramos de cocaína y MDMA, por valor de casi 7.500 euros.

Por delitos contra la salud pública, el tesorero fue condenado a un año y ocho meses de cárcel, con multa de 10.000 euros; la presidenta a un año y dos meses de cárcel, con multa de 8.000 euros, y el secretario a un año y dos meses de cárcel, con otra multa de 8.000 euros.

Las mismas penas que ahora confirma el TSJA, que asegura que "la realidad de los hechos desborda claramente el consumo compartido" que alegaban los abogados de los condenados.

"Se trata de una agrupación con más de doscientos socios, cuyas identidades no son objeto de eficaz comprobación y cuya permeabilidad de posible acceso a terceros es manifiesta dada la falta de comprobación suficiente en torno a quiénes acuden al lugar; a ello se añade como factor determinante la ingente cantidad de cannabis y resina de cannabis intervenida", añade. 

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