Condenados por traficar con cocaína en la comarca de los Vélez

Tribunales

La sentencia fue recurrida ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), que ratificó la sentencia de instancia, como hace ahora el Tribunal Supremo

Dos de los acusados conseguían la droga, otro la vendía, y el cuarto se la suministraba a uno de los anteriores

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La cocaína es una droga recreativa altamente estimulante.
La cocaína es una droga recreativa altamente estimulante. / DDA

Almería/El Tribunal Supremo (TS) ha confirmado las penas de entre dos y cuatro años de prisión impuestas a cuatro hombres condenados por la Audiencia Provincial de Almería por comerciar con cocaína en los Vélez.

La sentencia señala que, al menos desde 2018, tres de los acusados se dedicaban a vender cocaína en la comarca de los Vélez, de forma que dos de ellos la trasladaban hasta allí de forma clandestina y la escondían en diferentes lugares en pequeñas cantidades para evitar ser descubiertos.

El tercer procesado era el responsable de ponerla a disposición del “consumidor final” en función de las “necesidades del mercado”, vendiéndola “cortada y adulterada” para aumentar el beneficio que obtendrían los tres.

El 11 de febrero de 2019 se llevó a cabo un operativo con registros en los domicilios de los tres acusados, de forma que en la casa de uno de ellos se localizaron varias cajas de medicamentos, una pequeña bolsa que contenía un polvo blanco, dos bolsas de plástico recortadas, con los pellizcos propios de los envoltorios para hacer las dosis de los estupefacientes; un revólver de aire comprimido, una pistola de aire detonadora, una báscula de precisión, un total de 6.460 euros fraccionado en billetes y monedas, varias bolsas pequeñas con polvo blanco atadas con alambre verde, y un bote de cristal con 4 saquitos de polvo blanco con el número 5, atadas con alambre verde.

En el domicilio del segundo fueron intervenidos una balanza de precisión, distintos envoltorios consistentes en recortes de bolsa, un rollo de alambre verde, dos blíster de Nolotil, bolsas de plástico y recortes, una taza con papelitos y cápsulas de Nolotil vacías, una bolsa de color blanco con el número 5 que contenía una sustancia blanca, varios teléfonos y 75 euros fraccionados en billetes.

Asimismo, en la tercera vivienda los agentes se incautaron de un paquete de plástico con polvo blanco, 97 sobres de afrodisíaco, 4 trozos de bolsa de plástico con el número 5, un paquete que contenía una sustancia blanca compatible con cocaína con la inscripción del número 5, recortes de bolsas de plástico, y un teléfono móvil, “destinados al desarrollo de la actividad ilícita”.

Por otro lado, y en el transcurso de la investigación, de forma paralela, el día 8 de febrero de 2019, se localizó un bote de cristal con un envoltorio de polvo blanco, que había sido ocultado por uno de los procesados entre la maleza, previo acuerdo con otro procesado .

Ese mismo día, también entre la maleza, fue recuperado otro bote de cristal, que contenía un total de 5 envoltorios de 5 gramos de polvo blanco.

La droga intervenida fue dividida en cinco lotes, con un valor total de 5.753 euros.

En otro apartado, el fallo indica que un cuarto procesado proveyó durante el año 2018 a uno de los otros acusados con cocaína, “sustancia que previamente cortaba y adulteraba, a cambio de la correspondiente contraprestación”. En el domicilio de este último se llevó a cabo otro registro el 27 de marzo de 2019, en el que aparecieron una báscula de precisión, una papelina de polvo blanco de lo que parecía ser cocaína, 185 euros fraccionados en billetes, otra papelina de polvo blanco que parecía ser cocaína, un teléfono móvil, varias bolsas de plástico con múltiples recortes circulares, utilizadas para albergar las dosis de cocaína, junto con una bolsita de plástico circular con restos de, al parecer, cocaína, una bolsa de plástico con marihuana, un DVD con restos de cocaína, una libreta pequeña con anotaciones de nombres y cantidades, así como un machete. El valor total de la sustancia ilícita intervenida a Evelio fue de 493,56 euros.

La Audiencia de Almería impulso penas de cuatro años de prisión y multas de 12.000 euros a los tres primeros procesados por un delito contra la salud pública ejecutado con sustancias que causan grave daño a la salud. Por este mismo ilícito el cuarto acusado fue condenado a dos años de cárcel y al pago de 494 euros de multa.

La sentencia fue recurrida ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), que ratificó la sentencia de instancia, como hace ahora el Tribunal Supremo al desestimar los recursos de casación interpuestos contra dicho fallo.

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