Condenados dos hombres por intentar robar el vallado de un parque en El Ejido para construir jaulas de gallos

Los hechos se remontan a la tarde del 18 de febrero de 2020, en los alrededores de la calle Cepa

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Juzgados de Almería
Juzgados de Almería / Rafael González

Una juez ha condenado a dos hombres a cuatro meses de prisión cada uno por un delito de hurto en grado de tentativa tras ser sorprendidos por la Policía Local de El Ejido mientras intentaban sustraer varios paneles metálicos del vallado de un parque periurbano de la localidad. El material, según manifestaron en el lugar, pretendía ser reutilizado para fabricar jaulas donde guardar gallos de pelea.

Los hechos se remontan a la tarde del 18 de febrero de 2020, alrededor de las 16:20 horas. Ambos acusados se dirigieron en coche a la calle Cepa, donde se encuentra el parque periurbano, con el propósito de cortar parte del vallado de malla metálica que lo delimitaba. Equipados con una cizalla de color amarillo, lograron desprender cuatro paneles de valla de 1,5 x 2,5 metros, que introdujeron parcialmente en el maletero de un Volkswagen Golf de color oscuro.

Sin embargo, su intento se vio frustrado por la rápida actuación de dos agentes de la Policía Local, que se desplazaron hasta el lugar tras recibir una llamada de la central alertando de la presencia de dos individuos manipulando el cercado del parque. Al llegar, los agentes sorprendieron a los sospechosos in fraganti, cargando el material en el vehículo, e intervinieron la cizalla que se encontraba a escasos metros. Según relató en el juicio uno de los policías, los hombres reconocieron voluntariamente que la herramienta era suya y que habían cortado las vallas “porque les hacían falta para unas jaulas”.

Las pruebas gráficas obtenidas durante la intervención —fotografías del lugar, del coche y de los paneles dentro del maletero— fueron determinantes durante el juicio. También resultó clave el informe pericial del tasador judicial, que cifró en 1.274,36 euros el perjuicio ocasionado por los daños y la reposición del vallado, y en 778,30 euros el valor de los materiales que los acusados intentaron sustraer. Esta cantidad fue reclamada como indemnización por la entidad pública Desarrollo Urbanístico de El Ejido S.L., responsable del mantenimiento del parque.

Durante la vista oral, celebrada en el Juzgado de lo Penal número 5 de Almería, uno de los acusados no se presentó pese a estar citado legalmente, sin que se justificara su ausencia. El otro sí compareció, aunque negó haber participado en los hechos, a pesar de que durante la fase de instrucción había reconocido que él y su acompañante encontraron las vallas “tiradas en un descampado” y decidieron cortarlas para llevárselas. En juicio, el acusado alegó que solo conocía al otro hombre por redes sociales y que no sabía ni de quién era el coche ni quién había cortado las vallas, justificando su anterior declaración porque, según dijo, “le dijeron que dijera eso”.

El tribunal no da credibilidad a esta retractación y fundamenta su fallo condenatorio en el testimonio "firme y contundente" del agente de la Policía Local, al que considera plenamente veraz por su condición de funcionario público en el ejercicio de sus funciones. Además, la juez recuerda que el delito de hurto, cuando no llega a consumarse, puede ser igualmente punible si hay prueba suficiente de que se inició su ejecución, como ocurre en este caso. Según recoge la sentencia, los acusados no llegaron a disponer libremente del material sustraído, al ser sorprendidos antes de abandonar el lugar, lo que encaja en la figura de la tentativa, conforme al artículo 16 del Código Penal.

Así, el juzgado les impone una pena de prisión de cuatro meses, sin circunstancias atenuantes ni agravantes, así como la inhabilitación especial para el ejercicio del sufragio pasivo durante el tiempo de la condena. En concepto de responsabilidad civil, deberán indemnizar de forma conjunta y solidaria a la entidad municipal afectada en los citados 1.274,36 euros, más los intereses legales. También se les condena al pago de las costas procesales, excepto las derivadas de los delitos por los que fueron absueltos.

Y es que el fallo absuelve a ambos hombres del delito de robo con fuerza en las cosas y del delito de daños, por los que también venían siendo acusados por la acusación particular. La juez considera que no hubo violencia ni fuerza suficiente sobre las cosas para encajar los hechos en esas figuras penales, y que los desperfectos causados quedan correctamente subsumidos en el apartado de responsabilidad civil del delito de hurto.

La sentencia aún no es firme, y contra ella cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Almería en el plazo de diez días desde su notificación.

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