Condenado a nueve años de cárcel por violar a su sobrina en Almería

La sentencia desestima el recurso de apelación de la defensa del condenado

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Sede TSJA en Granada.
Agencias

14 de marzo 2025 - 17:29

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado la pena de nueve años de cárcel impuesta por la Audiencia de Almería a un hombre que violó a su sobrina tras introducirse en su cama mientras dormía.

La sentencia desestima el recurso de apelación de la defensa del condenado y declara probados unos hechos que tuvieron lugar en la comarca del levante almeriense, donde el procesado residía junto a su sobrina, a la que había invitado a vivir con él en España para que pudiese terminar sus estudios, toda vez que él era el único familiar de la víctima en este país.

Así, sobre las cinco de la madrugada del 8 de abril de 2021, cuando su sobrina se encontraba durmiendo, este hombre de origen peruano accedió a su dormitorio y se acostó a su lado.

Unas tres horas después comenzó a acariciarla, a pesar de la resistencia de la joven y a la negativa de ésta a mantener relaciones de ningún tipo, lo que no impidió que el hombre la agarrase fuertemente, la inmovilizase y la desvistiese en parte para poder violarla.

En la actualidad, la víctima presenta una sintomatología ansiosa y depresiva grave, mientras que sus rutinas y su vida cotidiana se han visto “modificadas” como consecuencia de los hechos, a la vez que presenta síntomas de trastorno de estrés postraumático “compatible con la vivencia de los hechos denunciados”.

Como ya hiciese la Audiencia de Almería, el TSJA impone al procesado nueve años de prisión por un delito de agresión sexual, en el que concurre la atenuante de dilaciones indebidas, y lo inhabilita para la tutela, curatela, guarda o acogimiento por tiempo de 10 años; así como para ejercer cualquier profesión u oficio que conlleve contacto regular y directo con menores durante 20 años.

También se le impone una orden de alejamiento de 500 metros respecto de la víctima durante 15 años, la medida de libertad vigilada durante 10 años y el pago de una indemnización a su sobrina de 50.000 euros.

El TSJA también acuerda la sustitución de la pena de prisión impuesta por la expulsión de territorio nacional y prohibición de entrada en España durante diez años, una vez que el penado acceda al tercer grado o haya cumplido las tres cuartas partes de la condena impuesta.

El tribunal apunta que el propio acusado reconoce la relación sexual, aunque mantiene que fue consentida, y sostiene que el testimonio de la joven se muestra “estable y coherente sin contradicciones relevantes”.

A esto se añade que “el hecho aparece profusamente corroborado por pruebas externas”, como la pericial emitida por médicos forenses, según la cual presentaba un hematoma de 2 centímetros en brazo derecho compatible con haber sido agarrada; el informe efectuado en plenario por psicólogas del Instituto de Medicina Legal, etc.

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