Condenado por abusar de su prima de 11 años y mostrarle pornografía
La sentencia desestima el recurso de apelación contra el fallo de la Audiencia de Almería
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El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado penas que suman cinco años, seis meses y un día de prisión a un vecino del Poniente almeriense condenado por abusar sexualmente de sus prima, a la que además mostró un vídeo pornográfico antes de obligarla a tocar sus genitales.
La sentencia desestima el recurso de apelación contra el fallo de la Audiencia de Almería y ratifica que el acusado Hasssan E.G.se valió de la relación familiar que mantenía con su prima paterna, que en ese momento tenía 11 años, y de las visitas que hacía a su domicilio y de las ocasiones en las que se quedaba a solas con ella, para realizar las agresiones.
De esta forma, a partir de un momento indeterminado de 2019 y hasta enero de 2022, le levantaba la ropa para tocarle el pecho y sus partes, aunque la niña no llegó a contar nada a su padre por “miedo a un conflicto familiar”, ya que a partir de cierto momento su progenitor y ella comenzaron a vivir en la vivienda de su tío y abuelos.
En otra ocasión, la besó y le ofreció dinero para realizar más actos de naturaleza sexual, aunque la víctima se zafó, y cuando ya tenía 12 años, mostró a la menor un vídeo en el que aparecían adultos manteniendo relaciones sexuales, y seguidamente cogió la mano de la niña, se la llevó al pene y, sin
soltársela, se frotó con ella su miembro viril sin que la niña pudiera evitarlo.
A consecuencia de estos hechos, la víctima presenta sintomatología de tipo depresivo con estado de ánimo triste o irritable, falta de placer, sentimientos de inutilidad, culpa o desesperanza. Asimismo, presenta molestias o síntomas físicos como mareos, cansancio o dolores; y de pensamientos intrusivos.
Por estos hechos, el TSJA impone nuevamente una pena de cinco años y un día de prisión al acusado, además de una orden de alejamiento de 500 metros durante siete años y la prohibición para trabajar con menores durante diez años, todo ello por un delito de abusos sexuales a menor de 16 años.
Por un delito de exhibición de material pornográfico a menos de edad le ha sido impuesta una pena de seis meses de cárcel y otra orden de alejamiento de 500 metros, en este caso durante cinco años, así como la medida de libertad vigilada durante siete años.
El TSJA subraya que no se encontró indicio alguno de cualquier intencionalidad “torcida o ilegítima” que hubieran llevado a la víctima a imputar a su primo unos hechos de “tanta gravedad, pues las relaciones entre ambos eran buenas, no estaban enemistados ni enfrentados”.
“La hipótesis planteada por la defensa de que quizás pudo vengarse de él como represalia por haber revelado al padre de la menor sus ausencias de clase resulta disparatada, máxime cuando dicho progenitor conocía ya el absentismo de la joven por habérselo comunicado el jefe de estudios”, añade.
El TSJA subraya que “tampoco ha pretendido obtener con su denuncia ninguna clase de ventaja o beneficio personal o familiar” y que su declaración gozó, también, de “coherencia interna, ofreciendo detalles sobre los lugares donde se produjeron los abusos, en qué consistieron, precisando también la fecha aproximada y las ocasiones en que dichos abusos se produjeron”.
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