Condenado por abusar de su hija de 5 años cuando dormía con ella

Tribunales

El hombre se tumbaba boca arriba y colocaba a la niña sobre sus genitales, tras quitarle parte de la ropa, para moverla hacia delante y atrás

El fallo precisa que a pesar de ser el padre biológico de la víctima, no la ha reconocido legalmente, por lo que no consta su filiación paterna en el Registro Civil

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Sede del TSJA. / D.A.

Almería/El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado la pena de cinco años y un día de cárcel impuesta a un hombre que abusó en varias ocasiones de su hija biológica cuando dormía con ella.

La sentencia hace suyos los hechos probados del fallo recurrido, que indicaba cómo entre diciembre de 2021 y el 8 de enero de 2022 el acusado convivió en la misma vivienda que su hija, en la comarca del Levante almeriense.

Aprovechó esto en varias ocasiones para pedir en horas nocturnas a su hija, que dormía en la misma cama que él, jugar al "juego del caballo".

De esta forma, el hombre se tumbaba boca arriba y colocaba a la niña sobre sus genitales, tras quitarle parte de la ropa, para moverla hacia delante y atrás.

El fallo precisa que a pesar de ser el padre biológico de la víctima, no la ha reconocido legalmente, por lo que no consta su filiación paterna en el Registro Civil.

De esta forma, la Audiencia de Almería le impuso una pena de cinco años y un día de prisión por un delito de abuso sexual con prevalimiento sobre menor de 16 años, que también conllevó una orden de alejamiento, la prohibición de trabajar con menores durante 7 años, la medida de libertad vigilada durante 10 años, y el pago de una indemización de 7.000 euros.

Las mismas penas que ahora han sido ratificadas por el TSJA al desestimar el recurso de la defensa del procesado, al considerar que no se han aportado "elementos de descargo que pudieran poner seriamente en cuestión la valoración probatoria de la sentencia impugnada".

Tras revisar todo el recurso el TSJA concluye que "la prueba practicada en el acto del plenario" permitió al tribunal de instancia alcanzar la "convicción racional de que el acusado perpetró las conductas objeto de acusación sin margen de duda razonable.

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