Cinco años de cárcel por patronear una patera que quedó a la deriva cerca de la isla de Alborán

Sucesos

La Audiencia de Almería ha condenado a un argelino que vive en España sin permiso de residencia por pilotar la embarcación con ocho migrantes a bordo

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Imagen de archivo de una patera.
Imagen de archivo de una patera.
EFE

28 de septiembre 2024 - 10:09

La Audiencia de Almería ha condenado a cinco años de prisión a un argelino que patroneó una patera que quedó a la deriva y cuyos ocupantes tuvieron que remar con las manos para poder alcanzar la isla de Alborán.

La sentencia indica que el acusado, que vive en España sin permiso de residencia y trabajo, pilotó una embarcación de fibra de 6 metros de eslora por 2 de manga que zarpó sobre las 03:00 horas del 22 de febrero del año pasado desde Argelia con ocho migrantes a bordo.

Según el fallo, el procesado, que carecía de "todo conocimiento y pericia" para navegar en alta mar, se encargó también del repostaje del motor y del GPS con el que trataba de orientarse.

La sentencia señala que debido a su falta de experiencia y conocimientos, al poco de salir desde la costa se perdieron, por lo que la patera navegó sin destino fijo hasta que se terminó el combustible y quedó a la deriva.

Al anochecer divisaron la isla de Alborán, a la que lograron llegar a la mañana del día siguiente gracias a que los ocupantes de la embarcación remaron con las manos. Una vez allí, fueron rescatados sobre las 12:40 horas el Servicio Marítimo de la Guardia Civil.

Según la sentencia, el acusado "puso en peligro la vida e integridad de los ocupantes puesto que la embarcación no reunía las condiciones de seguridad mínimas para garantizar la seguridad de la vida humana en el mar, requeridas para la realización de este tipo de viajes", por sus características técnicas, por el sobrepeso de la misma, por la falta de equipos de navegación y socorro, por la presencia de combustible que podía incendiarse, etcétera.

Por estos hechos, ha sido condenado a cinco años de prisión por un delito contra los derechos de los ciudadanos extranjeros, si bien la sentencia no es firme y puede ser recurrida en apelación ante la Sala de lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.

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