La mirada zurda
¿Qué es la suerte?
Alea jacta est. La suerte está echada. Al hotel del Algarrobico en la playa del mismo nombre de la localidad de Carboneras, le queda apenas una semana, el tiempo que resta para que el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) celebre una audiencia pública para, con toda probabilidad, declarar que la licencia de obras que permitió su construcción es nula. No se esperan sorpresas después de que el Tribunal Supremo en dos ocasiones, una al elevar su nivel de protección en contra de las pretensiones de la Junta de Andalucía en 2011 y otra al año siguiente cuando el mismo órgano dictó un fallo donde sostenía que el inmueble contravenía la Ley de Costas, pusiera los primeros clavos en un ataúd que parece listo para recibir una sepultura de demolición.
Se terminarán también las excusas para evitar cualquier pregunta sobre la fecha de su desaparición del panorama provincial. La respuesta era la misma independientemente del nivel de la Administración que se requiriera: "vamos a esperar a que los tribunales digan su última palabra". Esa última palabra se dirá el próximo jueves a las once de la mañana.
Será entonces cuando se determine el recurso contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Contencioso número 2 de Almería, que en el mes de septiembre de 2008 anuló la licencia en base a una vulneración de la Ley de Costas. El fallo dictado por el magistrado Jesús Rivera, calificó de "incontestable" que el hotel estaba "de manera clamorosa" en un espacio protegido y no urbanizable, en un varapalo (uno más de los que ha recibido estos años) contra la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía que argumentaba que el hotel se situaba en un espacio "no incompatible con el uso urbanístico". En otro de los párrafos de la sentencia, el juez Rivera había acusado a la administración autonómica de poner en marcha "una burda maniobra" encaminada a evitar la protección especial de la que era objeto. Lo que ahora toca es determinar si esa instancia jurídica tenía razón cuando anuló y obligó a revisar de oficio la licencia de obras que fue concedida en enero de 2003 a la empresa Azata del Sol.
No lo tiene fácil para agarrarse a una supervivencia que es imposible, primero porque las obras permanecen paralizadas desde hace siete años y la estructura del edificio estará más que afectada por los elementos y también porque la sentencia que dictó el juez almeriense es lo suficientemente contundente y, amparada como está por otras dos del Tribunal Supremo, parece complicado que ahora el TSJA dicte un fallo en sentido contrario. Valga otro ejemplo; el juez argumentó su decisión en la "abulia y desidia" de ambas administraciones para con la "defensa del interés general en cuanto al respeto de la normativa de costas y de medio ambiente", así como en la "anuente conducta del ente autonómico con esas vulneraciones del ordenamiento jurídico".
De esta manera y mediante "tan reprochables métodos", la administración andaluza "no solamente no ejercitó sus potestades y facultades en defensa del medio ambiente", sino que "orilló" la aplicación de las limitaciones de usos que imponía el Plan de Ordenación para esta zona al modificar por la vía de hecho un plan aprobado oficialmente.
La acusación formulada contra las administraciones de amparar la construcción del complejo en contra de los dictados del Plan de Ordenación de Recursos Naturales (PORN) se extiende también a la Ley de Costas, que fijó para el Algarrobico una franja de servidumbre de protección de 100 metros y no de 20 como defendía el consistorio, ni de cincuenta como sostuvo durante este proceso la Junta de Andalucía.
El Ayuntamiento de Carboneras "tenía perfecto conocimiento hace ya veinte años" de que la servidumbre era de cien metros y no cumplió, dice el juez, con el mandato de adaptar el Plan Parcial a la normativa de Costas al publicarse éste con posterioridad al 1 de enero de 1988.
"Pero si el Ayuntamiento no cumplió con el mandato legal, tampoco lo hizo la Junta de Andalucía", agregó sobre este punto el fallo, que añadió que la administración andaluza "mostró una actitud pasiva y condescendiente con las infracciones contra la normativa sectorial de Costas, permitiendo" que se iniciase la construcción del hotel.
La anulación de la licencia municipal concedida a la promotora Azata del Sol para la construcción del edificio de 20 plantas en terrenos del parque natural de Cabo de Gata Níjar, declarados entre otros zona Lugar de Interés Comunitario o Reserva de la Biosfera, se produjo después de que el mismo juez ordenase el 21 de febrero de 2006 la suspensión cautelar de las obras del hotel cuando estaba ejecutado en un 94,41%. Desde entonces lo único que ha hecho en las costas carboneras ha sido deteriorarse.
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