Un año de cárcel por vender por 10.500 euros a unos roqueteros un coche del que no podía disponer

Tribunales

El acusado puso a la venta en la página web un vehículo sobre el que pesaba una prohibición de disponer, debido a un contrato de financiación con reserva de dominio

A pesar de que el comprador se dirigió en numerosas ocasiones al vendedor, este le ofreció "múltiples excusas"

El barrio de la Cruz, el ‘Bronx’ de Almería está en Pechina

Imagen de archivo de la Ciudad de la Justicia de Almería.
Imagen de archivo de la Ciudad de la Justicia de Almería. / RAFAEL GONZÁLEZ

Almería/Una juez de Almería ha condenado a un año de prisión a un hombre que estafó 10.500 euros a los compradores de un coche que no podía vender debido al gravamen que tenía dicho automóvil.

La sentencia declara probado que el acusado puso a la venta en la página web un vehículo sobre el que pesaba una prohibición de disponer, debido a un contrato de financiación con reserva de dominio firmado con una financiera.

Gracias a dicha publicación, un vecino de Roquetas de Mar contactó con el procesado para adquirirlo para su hija. El acusado le aseguró que estaba libre de cargas y quedó con el comprador en la localidad cordobesa de Aguilar de la Frontera, dónde la hija de este último suscribió con el acusado un contrato privado de compraventa, abonando los compradores 10.500 euros.

A pesar de ello, debido al contrato con la financiera, no fue posible realizar la transferencia del coche. A pesar de que el comprador se dirigió en numerosas ocasiones al vendedor, este le ofreció "múltiples excusas" y ante su negativa a resolver el problema, devolvieron el automóvil y denunciaron lo ocurrido, reclamando los 10.500 euros abonados.

De hecho, antes de la celebración del juicio, el procesado consignó esta misma cantidad en la cuenta del juzgado, en concepto de responsabilidad civil.

De esta forma, el procesado ha sido condenado a 12 meses de prisión, además de al pago de la citada indemnización, por un delito de estafa, en el que concurre la atenuante de reparación del daño.

No obstante, la juez ha acordado la suspensión de la pena de cárcel por un plazo de dos años, a condición de que no vuelva a delinquir en este periodo.

La sentencia no es firme y puede ser recurrida ante la Audiencia Provincial de Almería.

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