Absuelto un acusado de quebrantar una orden de alejamiento hacia su madre

No consta en la causa que el acusado hubiera sido notificado personalmente de las resoluciones judiciales que imponían la prohibición

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Juzgados de Almería
Juzgados de Almería / Rafael González

El Juzgado de lo Penal número 5 de Almería ha absuelto a un hombre que se enfrentaba a una pena de un año de prisión por un presunto delito de quebrantamiento de condena, al considerar que no ha quedado acreditado que tuviera conocimiento de la orden judicial que le prohibía acercarse a su madre.

El Ministerio Fiscal sostenía que el acusado había vulnerado una prohibición de aproximación y comunicación dictada en sentencia el mismo día de los hechos, el 30 de enero de 2025, así como una medida cautelar anterior, acordada el 30 de diciembre de 2024. Según el relato del fiscal, el hombre acudió esa noche al domicilio de su madre, aporreando la puerta, lo que motivó una llamada a la Policía y su posterior detención en las inmediaciones del inmueble.

Durante el juicio, declararon como testigos la madre del acusado y dos agentes de la Policía Nacional que intervinieron en la actuación, así como el propio acusado. Sin embargo, el juzgado considera que no se ha practicado prueba suficiente para dictar una condena. En concreto, destaca que no consta en la causa que el acusado hubiera sido notificado personalmente de las resoluciones judiciales que imponían la prohibición de aproximarse o comunicarse con su madre, ni que hubiera sido requerido formalmente para su cumplimiento con los apercibimientos legales correspondientes.

El tribunal subraya que, al tratarse de un delito doloso, resulta imprescindible acreditar que el acusado tenía conocimiento efectivo de la orden judicial y de las consecuencias de su incumplimiento, algo que no ha podido probarse. Tampoco se ha aportado testimonio ni copia de las resoluciones en las que se basaba la acusación.

Ante la ausencia de pruebas documentales válidas que acrediten los elementos esenciales del tipo penal, el juzgado ha dictado sentencia absolutoria y ha acordado la puesta en libertad del acusado por esta causa, si no estuviera ya privado de libertad por otra.

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