Tercer detenido en prisión por pasar de la cuarentena y pegar a tres guardias
Tribunales
Ha sido condenado a un años, dos meses y dos días de cárcel por un delito de atentado a agentes de la autoridad
Su pareja también ha sido penada pero no entrará a presidio
Almería/Ya son tres personas las que han ingresado en prisión en Almería tras incumplir el estado de alarma. En este caso, se trata de un hombre condenado junto a su pareja, aunque a esta última le ha sido concedida la suspensión de la pena privativa de libertad, tras agredir a tres agentes de la Guardia Civil que fueron a detenerlo.
Según el fallo, al que ha tenido acceso este periódico, fue sobre las ocho y media de la noche del pasado 24 de abril cuando tres guardias civiles que patrullaban por las 200 Viviendas de Roquetas de Mar, sorprendieron a los acusados cuando salían de su domicilio en dicha barriada. Cuando requirieron a los acusados que se identificaran y justificasen su permanencia en la vía pública, el hombre les dijo en actitud “desafiante”:“Que me dejen tranquilo, vosotros no sois nadie para identificarme”. Acto seguido, la mujer, con “idéntico ánimo” sacó su teléfono móvil para grabarlos.
Los guardias civiles pidieron a ésta que cesase en su actitud y se identificase, pero el acusado se negó y les gritó:“No se acerquen a mi mujer, váyanse de aquí que nos vamos a cenar con mi familia por el Ramadán”. Fue entonces cuando el acusado, que “posee amplios conocimientos en artes defensivas en concreto de boxeo y Kick boxing” propinó un fuerte golpe a uno de los agentes y lo tiró al suelo con “ánimo de atentar contra la integridad física” del mismo.
Los otros guardias civiles trataron de proteger a su compañero ante la “evidente agresividad”del acusado, quien realizó un “maniobra”y propinó un fuerte puñetazo en el lado izquierdo de la cara a uno de ellos, “tirándole las gafas y la gorra reglamentaria”, a la vez que les decía:“No sabéis golpear, os voy a enseñar”, mientras instaba a su pareja a llamar por teléfono. Cuando el tercer agente trató de detenerlo, lo golpeó en el pecho, en el brazo y en la parte derecha de la cabeza, provocando su caída al suelo.
Segundos más tarde, apareció un grupo de personas no identificadas que “arengadas por el acusado, comenzaron a arrojar piedras y otros objetos contra los guardias civiles, quienes, “en aras a preservar su integridad física y restaurar el orden publico, se vieron obligados a pedir refuerzos”. Inmediatamente los acusados, huyeron hasta su domicilio, donde finalmente fueron detenidos.
Uno de los agentes sufrió un traumatismo en rama mandibular y en la región occipito parietal izquierda, edema e impotencia funcional en el tercer dedo de la mano izquierda, artritis traumática, una erosión en la región periauricular derecha y gonalgia cervicodorsalgia traumática. El segundo sufrió un hematoma en el tercio superior externo de brazo derecho y gonalgia derecha y cervicodorsalgia posterior. El último de ellos sufrió un traumatismo en el cráneo a nivel de la región temporal derecha, cervicalgia y lumbalgia.
Cuatro meses en el caso de la mujer del investigado
El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 de Roquetas de Mar ha condenado al hombre como autor criminalmente responsable de un delito de atentado a agentes de la autoridad, con la circunstancia agravante de superioridad, a la pena de un año, dos meses y dos días de prisión, así como a la accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena. Asimismo, se de condena por tres delitos leves de lesiones a otras tantas penas de 20 días de multa, a razón de 6 euros de cuota diaria. Por su parte, la mujer ha sido condenada por un delito de atentado a agentes de la autoridad a cuatro meses de prisión, pero en su caso la ejecución de esta pena ha sido suspendida. En cualquier caso, ambos tendrán que indemnizar de forma conjunta y solidaria por las lesiones causadas con 1.260 euros a uno de los agentes de la Guardia Civil, 600 euros al segundo y otros 600 euros al tercero. El fallo ordena dar traslado a las fuerzas y cuerpos de Seguridad del Estado para la conducción al centro penitenciario del hombre -que ya ha ingresado en la cárcel-, y señala que la resolución es firme y no cabe recurso contra ella a menos que “no se hubieren observar las garantías y requisitos procesales necesarios para la conformidad prestada”.
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