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Tribunales
Almería/Esther respira un poco más tranquila. Es la madre de una joven que cuando tenía 14 años fue agredida sexualmente por su novio y otros dos jóvenes. El que fue pareja de la víctima, también menor cuando se produjeron los hechos, fue condenado a siete años de internamiento pero no se le ha privado de libertad a la espera de que se resolvieran todos los recursos contra el fallo del Juzgado de Menores.
Aunque la condena del Juzgado de Menores fue ratificada por el magistrado Luis Columna en la Audiencia Provincial, de forma que el pasado 13 de diciembre debía decidirse su ingreso en un centro de menores o en prisión, su abogado presentó un recurso de casación al Tribunal Supremo (TS) y solicitó que se paralizase la ejecución de la sentencia.
Pues bien, el alto tribunal se ha pronunciado finalmente y considera que no ha lugar a este recurso. El TS señala ahora que la defensa del condenado alegó que se había vulnerado su derecho a la presunción de inocencia, así como que se había producido un error a la hora de valorar la prueba desarrollada durante la vista ora, “cuestión ajena al ámbito propio del recurso de casación para unificación de doctrina”.
El alto tribunal advierte que, en este ámbito, “las contradicciones doctrinales que pueden dar lugar al recurso tienen que estar referidas a ‘hechos y valoraciones del menor que, siendo sustancialmente iguales, hayan dado lugar, sin embargo, a pronunciamientos distintos’”. “Por tanto, no estamos ante una doctrina legal en materia propia de menores que haya de ser unificada”, añade el Supremo.
El Juzgado de Menores de Almería ya ha recibido el auto del TS en el que se recoge este rechazo al recurso y ha dado un plazo de tres días a las partes personadas en la causa para que presenten las alegaciones que consideren oportunas.
Con todo, Esther ha recibido esta noticia con alegría y lágrimas en los ojos. Y es que, apunta a este periódico, esto significa que el cumplimiento de la pena de internamiento está ahora más cerca. Una pena que se fijó por unos hechos probados que recogen cómo entre noviembre de 2012 y diciembre de 2013, el acusado, que entonces tenía 16 años, mantuvo una relación sentimental con la víctima, que tenía 14, pero no aceptó la ruptura, lo que hizo que desde ese momento la insultase en diferentes ocasiones.
Asimismo, agredió a la víctima en dos ocasiones, en abril y mayo de 2014.
Por otro lado, recoge que en mayo de 2013, cuando todavía eran pareja, el acusado llevó a la menor a la casa de un amigo en la que se encontraron con tres jóvenes a los que no conocía la chica.
En cierto momento, la víctima fue al aseo y al salir no encontró a nadie, por lo que llamó por teléfono a su novio, quien le dijo que se encontraba en la planta de arriba.
La víctima subió a una habitación en la que encontró a su pareja y a otro chico distinto a los anteriores, que no ha sido identificado. Cuando entró a dicho cuarto, ambos se rieron mientras entraba otro muchacho, que tampoco ha podido ser identificado y que la empujó hacia dentro y cerró la puerta.
La víctima pidió a su novio que se marcharan. Sin embargo, los tres chicos se rieron, subieron la música y se abalanzaron sobre ella para desvestirla, tumbarla en la cama y obligarla a mantener relaciones sexuales con ellos.
El fallo incide en que la víctima manifestó en diversas ocasiones que quería irse y cómo incluso llegó a zafarse de ellos sin llegar a poder huir, siendo agredida entonces por su pareja.
Además de resaltar las secuelas psicológicas sufridas por la menor, la sentencia indica que no fue hasta mayo de 2019 cuando ésta denunció lo ocurrido ante el Juzgado de Violencia sobre la Mujer por las presuntas amenazas que recibió en un concierto por parte de su expareja y otro chico, ambos ya mayores de edad en ese momento.
Por estos hechos, al exnovio de la víctima le fueron impuestos siete años de internamiento, otros cuatro de libertad vigilada y seis de alejamiento de la víctima, así como una indemnización de 30.000 euros a la joven. Penas que ahora quedan ratificadas gracias al pronunciamiento del Supremo.
Según relató Esther a este periódico, el joven ya había sido condenado previamente. "En 2014, el 13 de mayo, nos llamaron del instituto y nos dicen si podemos ir. Realmente el jefe de estudios me preguntó por qué no había ido mi hija ese día. Le dije porque le dolía la pierna. Mi hija se operó con nueve años de un osteocondroma. Pues este personaje dirigía todas las patadas y palizas a esa pierna operada. Fuimos al instituto y al llegar a casa le pedí a mi hija que se levantara el jersey. Le vi todo el costado negro. Fuimos al instituto y activaron un protocolo. Fuimos a Torrecárdenas y ahí la estuvieron viendo. Llamaron a la Guardia Civil y se activó un protocolo por violencia de género. Hubo un juicio en Menores el 21 de octubre y obtuvimos una sentencia condenatoria por la que se le imponía dos años de orden de alejamiento, seis meses de terapia que, sinceramente, no sé para lo que valen, y 180 euros que valían los moratones que mi hija tenía en el cuerpo. Esa sentencia no la recurrieron. En esa sentencia mi hija tenía 14-15 años y él tenía 16 años. Fue por maltrato. O sea, a día de hoy puedo decir que es un maltratador y un violador. Y no quedándose contento con eso, durante esos dos años de orden de alejamiento, ha perseguido a mi hija, la ha amenazado", manifestaba hace unos meses.
Recordaba también que su hija tenía, entre otras, una orden de alejamiento del Juzgado de Violencia sobre la Mujer de 500 metros dictada por las amenazas de muerte que supuestamente manifestaron el exnovio de la joven y otro chico que se encuentra, además, investigado y a espera de acusación por parte de la Fiscalía por su presunta participación en la citada agresión sexual. El segundo investigado en esta causa, presenta un tatuaje que, según la familia de la víctima, fue reconocido por ésta como el que tenía uno de los presuntos agresores sexuales.
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