El Juzgado rechaza en Almería la prisión provisional para el ‘maltratador en serie’ de animales

Almería

Considera entre otros aspectos que no hay riesgo de fuga y que los perros y gatos bajo su poder ya fueron rescatados

Investigan en Almería a un maltratador en serie de gatos y perros con cadáveres en su casa

Servicios Sociales interviene en el caso del maltratador en serie de perros y gatos

El investigado, con una jaula para gatos, fotografiado en la calle en abril.
El investigado, con una jaula para gatos, fotografiado en la calle en abril.

El Juzgado de Instrucción número 5 de Almería ha rechazado la petición de ordenar prisión provisional para el ‘maltratador en serie’ de animales, acusado de capturar perros y gatos de la calle o abandonados para llevárselos a su casa donde morían por la inadecuada atención alimentaria e higiénico sanitaria que les era prestada.

La magistrada Ana Fariñas desestima la petición formulada por la parte de la acusación particular al considerar que a los delitos que se le imputan al investigado, un ciudadano alemán residente en el municipio de Vícar y que podría tener problemas de salud mental, les corresponden una pena inferior a los dos años sin que exista, tampoco, riesgo de fuga al ser conocida la dirección domiciliaria ni riesgo de ocultación, alteración o destrucción de fuentes de prueba, estando ya la instrucción prácticamente finalizada.

La juez añade a sus consideraciones para no decretar la entrada en prisión del investigado la inexistencia de riego de que pueda atentar contra los bienes jurídicos protegidos, pues los animales que se encontraban con vida en la vivienda, como recuerda Fariñas, fueron retirados al investigado el pasado mes de abril en “lamentables” condiciones, como recogía el informe policial tras la inspección realizada en la que se encontraron cinco perros y ocho gatos conviviendo con excrementos y otros animales en estado de putrefacción. En la casa, se hallaron, además, pasaportes de otros perros recogidos por el investigado que fue asistido, por otro lado, por el Servicios Sociales de Vícar.

La magistrada recuerda, no obstante, que para decretar prisión provisional han de concurrir una serie de aspectos que, entiende, no se dan en este caso. Entre ellos, que conste en la causa la existencia de uno o varios hechos que presenten caracteres de delito sancionado con pena cuyo máximo sea igual o superior a dos años de prisión, o bien con pena privativa de libertad de duración inferior, si el investigado o encausado tuviere antecedentes penales no cancelados ni susceptibles de cancelación, derivados de condena por delito doloso.

El Juzgado ha rechazado asimismo la petición de la acusación particular de que se prohíba temporalmente al investigado la tenencia de animales, así como la desinfección de su vivienda, atendiendo al informe fiscal en que el que se deja constancia que la medidas solicitadas “carecen de amparo legal al no estar previstas en la normativa penal” de La Ley de Protección de los Derechos y el Bienestar de los Animales hasta que sea acreditada la existencia de una infracción, “supuesto que aquí aún no ha acontecido”, sentencia la juez.

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