Exoneran a una vecina almeriense de 165.000 euros tras el fallecimiento de su marido
Tribunales
Las deudas no fueron atendidas al tener la deudora que cuidar de su marido cuando enfermo
Cancelan una deuda de 42.822 € en Níjar con la Ley de Segunda Oportunidad
Una almeriense cancela 230.000 euros tras haberse endeudado por ayudar en los gastos médicos de un familiar
Almería/Por muy bien que puedan ir las cosas, todo puede venirse abajo de un día para otro. Esto fue lo que le pasó a estos vecinos almerienses.
El marido del matrimonio era titular de una explotación ganadera pero tras verse afectado por una enfermedad, no pudo seguir ocupándose del negocio y la quiebra le llevó al impago de deudas pendientes. La otra parte se centró entonces en los cuidados, por lo que no se podían llevar los préstamos al día.
Esto generó que la deuda e intereses siguieran aumentando hasta llegar a una cuantía de más de 160.000 euros. Lamentablemente tras el fallecimiento de su marido esta vecina fue consciente de todo lo que tenía pendiente y decidió poner cartas en el asunto.
Fue entonces cuando acudió a la Asociación de Ayuda al Endeudamiento, entidad de ámbito nacional en este tipo de casos. Tras estudiar su caso, los abogados de la entidad le aconsejaron declararse insolvente y acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad.
El primer beneficio obtenido por este procedimiento es el respiro económico para la deudora: se suspende toda obligación de pago a acreedores y se paraliza cualquier ejecución de embargo. Esto generó un alivio debido a que le permitía ahorrar mes a mes.
En el siguiente paso, se solicitaba la exoneración del 100% de la deuda siendo aceptado por el Juzgado de lo Mercantil N.º 2 de Almería, dándole la ansiada segunda oportunidad que esperaba.
Requisitos que marca la Ley de la Segunda Oportunidad para condonar el total de las deudas
Para acogerse al procedimiento es necesario cumplir una serie de requisitos, que han cambiado con la reforma concursal. Estos son: la insolvencia del interesado, no haber sido exonerado en los últimos 5 años y carecer de delitos de orden socioeconómico.
Esta resolución definitiva dictada el 15 de enero de 2024 concediendo el BEPI (Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho) ha supuesto dejar a este deudor libre de pagar 164.935,58 euros.
Desde entonces, los acreedores del asociado no podrán reclamar ningún pago más al ya ex-deudor ni incluirlo en ficheros de morosos.
Con esta sentencia ya son más de 100 las exoneraciones que la Asociación de Ayuda al Endeudamiento consiguió en lo que llevamos de 2024. Todas las sentencias favorables en la web de la Asociación de Ayuda al Endeudamiento.
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