Denuncian anomalías docentes y económicas en el colegio Juan Pablo II de Almería

El colectivo ‘Familia de Dios’, presente en el Patronato del centro, critica “la ausencia de remisión de cuentas anuales” desde que la Fundación Educatio Servanda cogió las riendas

Juan Aguilera, gerente de la patronal de la construcción sevillana.
Colegio Juan Pablo II de la capital almeriense. / Rafael González

La titularidad del Colegio Juan Pablo II- Mater Asunta de Almería pertenecía hasta 2016 a la Asociación Privada de Fieles ‘Familia de Dios’. Sin embargo, el sino del centro cambió, según entiende el colectivo, en el momento en que este cambió de manos y se cedió su titularidad. Desde entonces, las órdenes serían dadas por la Fundación Educatio Servanda (FES), una institución que se describe a sí misma “sin ánimo de lucro” y que, según explican, nace en 2006 por “iniciativa de un grupo de familias cristianas que, procedentes de diferentes ámbitos sociales y preocupadas por la deriva de la Educación en España, deciden trabajar conjuntamente para edificar un modelo educativo propio, en comunión con sus obispos y con la ayuda de sacerdotes diocesanos. En esta unión de laicos -cuerpo- y sacerdotes -alma-, seña de identidad capital de la Fundación, reside una de sus principales fortalezas”.

La Fundación asegura estar “ajena a cualquier movimiento concreto o realidad eclesiástica definida, Educatio Servanda está abierta a todas aquellas personas que desean poner sus talentos al servicio de la Educación que propone la Fundación, con independencia de cuál sea su adscripción política o movimiento espiritual de referencia”.

En Madrid, Educatio Servanda comenzó siendo propietaria de los colegios Juan Pablo II de Juan Pablo II de Alcorcón y Parla pero ha ido extendiendo sus redes a distintos puntos de la geografía española. Y así, con la cesión de la titularidad del colegio Juan Pablo II de Almería nace Fundación Educatio Servanda en Almería (FES-Almería).

Desde la dirección del centro valoraron positivamente las posibilidades que esta ofrecía, además, la propuesta llegaba de manos de Juan Carlos Corverá, director de Educatio Servanda, de quien llegaron buenas recomendaciones, según apuntan fuentes fiables, como obispos de Madrid y reconocidos políticos.

Se establece entonces el patronato del colegio, en el que estaría presente María del Mar López Andrés, quien desde el primer momento se erige como la persona que entiende que “existen irregularidades” y las denuncia mediante reclamación administrativa ante la Junta de Andalucía, además de acudir al juzgado de lo mercantil.

María del Mar López Andrés sería considerada vicepresidenta del Patronato FES-Almería, Juan Carlos Corverá presidente y se estiman una serie de patronos almerienses entre los que se encuentra el obispo, Adolfo Montes, de quien las fuentes consultadas por Diario de Almería entienden como “una víctima más” de las “irregularidades” que denuncia María del Mar López Andrés, en representación de la Asociación Privada de Fieles Familia de Dios. Pero dentro del patronato se incluyen otros representantes, con residencia en Madrid, quienes según los demandantes, “nunca asistieron a la única sesión del patronato que ha venido realizando anualmente” `pero que “sí toman las decisiones”, explican. Hay tres patronos de Almería y cuatro de Madrid, por lo que cualquier inicitiva impulsada por los últimos saldría adelante.

El caso es que María del Mar López Andrés, también canciller del Obispado de Almería y dueña del edificio del colegio, emprendió inicialmente (antes de acudir al juzgado) una reclamación administrativa ante la Consejería de Educación y Deporte plantea diversas “irregularidades” cometidas, supuestamente, por la Fundación Educatio Servanda. Estas tienen que ver con que “la Fundación no lleva a cabo la remisión de cuentas anuales de ningún ejercicio”; en consecuencia “no existe libro de actas”; también alegan “que hay pendiente de asignación a un tecnico para comprobar documentos sobre planes de actuación (2019-2020)”; y que “según certificación del mismo Registro de Fundaciones de Andalucía no consta inserción de entidad jurídica socio-mercantil, (SLU) en la FES-Almería”.

Pero hay más. Una de las supuestas “irregularidades denunciadas” que más polémica suscita tiene que ver con el supuesto “encargo de actividades extraescolares a profesores fuera de su horario lectivo”, pero también con las supuestas “donaciones” que se han pedido a los padres para hacer frente a los pagos este tipo de actividades.

De la misma forma, desde la Asociación Privada de Fieles de Familia de Dios exponen que el colegio ha presentado pérdidas durante los tres últimos cursos, siendo estas de 10.249 euros, 1.815 euros y 8.848 euros. Algo que, según las fuentes consultadas por este diario, no pasaba con anterioridad. Así que con respecto a las cuentas anuales, la reclamación administrativa describe que “no existe registro en el organismo de fundaciones de remisión alguna de las cuentas anuales de ningún ejercicio ni de ninguna modalidad, siendo responsable de esta omisión el Presidente, Don Juan Carlos Corvera Córdoba”.

En consecuencia, argumentan, “el Patronato desconoce la existencia de libro de actas, ni si existen en el organismo de Fundaciones las certificaciones de actas de aprobación de cuentas y Planes de Actuación, ni acto fehaciente alguno, por tanto, referente a la percepción de cantidades propias, u otras (como percepciones y aplicación de cantidades del concierto educativo) a través de la competencia del órgano del patronato y en su caso mediante o por la representación de la Fundación titular del Colegio en el Consejo Escolar del centro (distribución presupuestaria y justificación del gasto) sobre las cantidades con cargo al concierto, recibidas para “otros gastos”. A este efecto, el Patronato -con la convocatoria o concurrencia de los patronos de Almería- no ha emitido nunca aprobación de representante en la titularidad en el Consejo Escolar, ni otorgado autorización para apoderamiento”. En este sentido, estiman “como responsable de las actuaciones que debían haberse llevado a efecto y no se llevaron”, como relata la denuncia, “al presidente Juan Carlos Corvera Córdoba”.

De la misma forma, critican que solo tres personas han asistido a la única sesión del patronato que se ha celebrado anualmente. Aseguran que han sido “el presidente y los miembros residentes en el lugar de la sede estatuaria, siendo estos la vicepresidenta (y denunciante en esta reclamación administrativa, María del Mar López Andrés) y el obispo diocesano Adolfo González como patrono. Ante esto, argumentan que nunca han asistido a estas sesiones dos miembros del patronato residentes en Madrid y que sí aparecen en las actas de reunión del patronato elaboradas por la Fundación Educatio Servanda en Almería. Así, denuncian que “nunca se han presentado a estudio y aprobación de los miembros del Patronato residentes en Almería las preceptivas cuentas de resultados, balance de situación y memoria”, asegurando que “la única sesión anual se conformó siempre como mejora información de intercambio”.

Las actividades extraescolares, profundo foco de desencuentro

La Asociación Privada de Fieles Familia de Dios registra también en su demanda la existencia de un “arbitrio interno respecto a las actividades extrescolares ofertadas por el colegio, mediante un trámite llevado a cabo bajo orden del presidente de la Fundación FES-Almería y en ningún momento se ha contado con la autorización del Patronato de la FES-Almería, entidad titular del Colegio Juan Pablo II de Almería”.

La Reclamación Administrativa interpuesta narra que las actividades extraescolares varias se realizan lunes y miércoles a partir de las 16:00 horas y, para impartirlas, se ha determinado y puesto en práctica que en periodo lectivo, dentro del marco de la dedicación docente, el profesorado asuma la obligada impartición de las Actividades Extraescolares”.

En este sentido, la parte demandante asegura que “la percepción de cuota correspondiente por alumno, de parte de los padres queda íntegra a favor del centro, asegurándose la gratuidad para el organizador, que supondría la retribución de un monitor u otro titulado al caso de los profesores de las materias curriculares imparten estas actividades extraescolaores del lunes y miércoles a partir de las 16:00 horas”. La reclamación indica que “algunos profesores sintieron esto como arbitrario y coactivo e hizo que estos se sintiera agraviados con la negativa a permitirles desde entonces, la formula prevista y autorizada legalmente del teletrabajo en su caso, pese a la imposible coincidencia con el resto para la coordinación docente en algún día de la semana, con quienes, por dedicarse los lunes y miércoles a la impartición del “voluntariado versus actividades extraescolares” (pues los que accedieron rellenaron un documento de voluntariedad como Amigos de la Fundación) fueron concesionarios de la medida de “teletrabajo” y eximidos de la obligación presencial el resto de los días”. Explican que “los tres opositores son obligados a la asistencia presencial pero sin poder garantizar la coincidencia con otros e toda la semana para las actuaciones de los distintos equipos de coordinación”.

Los profesores afectados elevaron una queja ante la dirección del centro obteniendo como respuesta que “no hubo cambios sustanciales en la organización del Colegio, únicamente se han realizado ajustes en la búsqueda de una mayor personalización en la atención educativa a nuestros alumnos e información a sus padres sobre el devenir colegial de sus hijos, así como pensado en mejora la coordinación del trabajo entre la dirección del centro y los profesores, pero siempre evitando conculcar los derechos que todos tenemos como integrantes del claustro docente”.

Un padre: “¿Es obligatorio el pago de este tipo de clases aunque no se impartan?”

La Consejería de Educación fue receptora de un texto de reclamación efectuado por el padre de un alumno que supuestamente pagaba por las actividades extraordinarias realizadas lunes y miércoles en horario de tarde. El sujeto expone lo siguiente: “En este centro se realiza por parte del profesorado unas clases extraescolares en inglés, deporte, refuerzo educativo durante los lunes y miércoles y de catequesis los martes. Además, una academia nos ofrece clase de conversación. Como el profesorado usa su horario no lectivo para ello, los padres, se supone que hacemos a cambio un donativo de 50 euros, pero realmente es el pago de estas actividades. En marzo se cobraron completas pero no se impartió el mes completo. En abril se nos ha vuelto a cobrar el recibo y parece que esto lo van a hacer también hasta julio. ¿Es obligatorio el pago de esta extraescolares aunque no se impartan y más cuando los profesores no cobran nada por ello? ¿Es legal que el profesorado en horario no lectivo esté impartiendo estas actividades en perjuicio de reuniones de ciclo, claustro, reuniones con las familias, etc?”.

El padre, tras recibir ciertos correos “dudosos, concluye de esta forma: “Se nos envían correos y circulares como esta y no se si es cierto que desde la delegación no se pague al centro concertado y por eso se justifica que tengamos que pagar las extraescolares aunque no se reciban las clases”.

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