Almería delimita mediante ordenanza su Zona de Bajas Emisiones con sanciones de 200 euros
Almería
Preparada para su aprobación en Pleno, habrá una moratoria de un año
El Ayuntamiento de Almería elevará a Pleno, el próximo lunes en sesión extraordinaria, la aprobación inicial de la Ordenanza Reguladora de la Zona de Bajas Emisiones, texto adaptado al Real Decreto 1052/2022 de 27 diciembre, por el que se regulan las zonas de bajas emisiones, obligación legal para todos aquellos municipios de España de más de 50.000 habitantes.
El contenido de la Ordenanza, dictaminado favorablemente en la Comisión Plenaria de Economía, Función Pública y Movilidad, con los votos favorables del Grupo Municipal Popular y la abstención del resto de grupos de la Corporación, ha sido avanzado por la concejala de Función Pública y Seguridad Ciudadana, María del Mar García Lorca, justificada en “la necesidad de establecer la normativa específica que regule la creación y gestión de las zonas de bajas emisiones, de acuerdo a la ley de cambio climático y transición energética”, explicando que “será revisable dentro de tres años”.
Ha insistido además que “la ordenanza se ajusta más a los parámetros legales y normativos que al hecho en sí de que Almería, abierta al mar, sea hoy una ciudad en la que no tenemos problemas de contaminación importantes, como pasa en otras ciudades”, producidos fundamentalmente por la congestión del tráfico y masificación de los vehículos que transitan por sus vías.
La Ordenanza Reguladora de las Zonas de Bajas Emisiones de Almería, sus diecisiete artículos, preambulo, dos disposiciones finales y tres anexos, aprobada inicialmente por el Pleno quedará expuesta a información pública, continuando su trámite administrativo, con el horizonte de su entrada en vigor a partir del 1 de enero de 2024.
El ámbito territorial de aplicación de esta Ordenanza abarca la declarada como Zona de Bajas Emisiones (ZBE), aprobada en diciembre del año pasado, “delimitada por el Cerro de San Cristóbal y la calle de La Reina por su sector este, englobando el Casco Histórico y la zona Pescadería”, ha recordado García Lorca, significando que con su entrada en vigor, por esta zona, “podrán entrar los vehículos que dispongan del distintivo ambiental, ciclos, bicicletas y los vehículos de movilidad personal, así como aquellos que, sin distintivo ambiental, se encuentren en situación de alta en el municipio de Almería según la información del Registro de Vehículos de la Dirección General de Tráfico (DGT), los que prestan servicios de emergencia, transporte público colectivo, servicios públicos, vehículos destinados a la distribución urbana de mercancías, entre otros”.
La Ordenanza incluye además la posibilidad, en su ámbito de aplicación, de establecer excepciones temporales de acceso, circulación y estacionamiento de vehículos, así como zonas de especial sensibilidad, entre otros, en los entornos escolares, hospitalarios…
Las ZBE estarán señalizadas de forma “clara y reconocible” y el control de acceso, además de manual, se realizará mediante un sistema automático de cámaras para el reconocimiento de matrículas. Se incluye además en la ordenanza que las restricciones de acceso serán de aplicación todos los días laborables, de lunes a viernes, en horario de 8.00 a 20.00 horas.
Como en toda Ordenanza se ha incluido el régimen sancionador, fundamentado en las restricciones de acceso, circulación y estacionamiento en las ZBE. No obstante, se establece una moratoria de un año para su aplicación.
Tendrá la consideración de infracción grave el no respetar las restricciones de acceso, circulación y estacionamiento establecidas en las ZBE. Esta infracción será sancionada con multa de 200,00 euros. Esta sanción podrá incrementarse en un 30 %, en caso de reincidencia de la persona responsable. Se entiende que hay reincidencia cuando se ha cometido, en el plazo de un año, más de tres infracciones de la misma naturaleza, cuando así se haya declarado por resolución firme.
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