Un bar de Almería se rebela y asegura que no pedirá el certificado covid

Coronavirus en Almería

Ha colocado un cartel en la puerta donde asegura que es una "zona libre" y que respeta la leyes y su jerarquía

Cartel colocado en la puerta de la Hamburguesería Milestone de Almería.
Cartel colocado en la puerta de la Hamburguesería Milestone de Almería. / Rafa González

Desde el lunes está vigente la orden de la Consejería de Salud, ratificada por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, que hace necesario presentar el certificado covid (de vacunación, prueba negativa o haber pasado recientemente la enfermedad) para poder entrar en los locales de hostelería y ocio nocturno.

No obstante, no todos están de acuerdo con esta norma. La Hamburguesería Milestone de Almería lo ha dejado claro con un cartel en su puerta en el que aseguran que “no tenemos ni el derecho, ni la obligación, de solicitar ningún dato médico de carácter personal”. Por eso, añaden que “todos son bienvenidos” y junto a un gran “zona libre” aseguran que “aquí respetamos sus libertades y dignidad”.

El aviso público colgado en la puerta del local informa de que "en este establecimiento aún se respetan las leyes y su jerarquía". Añaden dos artículos de la Constitución Española:

  • Artículo 14, que garantiza que los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra circunstancia personal o social.
  • Artículo 18, que garantiza el derecho a la intimidad personal.
Puerta del local, con el cartel.
Puerta del local, con el cartel. / Rafa González

Si el local no cumple la normativa establecida puede ser sancionado, tal y como estipula la a Orden de la Consejería de Salud y Familias de 16 de diciembre de 2021, por la que se establece la medida preventiva de salud pública relativa al Certificado COVID-19 o prueba diagnóstica para el acceso de las personas usuarias al espacio interior de establecimientos de hostelería, ocio y esparcimiento:

Disposición final segunda. Régimen sancionador.

El incumplimiento de la medida de prevención de salud pública de la presente orden quedará sujeto al procedimiento de la actividad inspectora y al régimen sancionador establecidos en el Decreto-ley 21/2020, de 4 de agosto, por el que se establece el régimen sancionador por el incumplimiento de las medidas de prevención y contención aplicables en Andalucía ante el COVID-19.

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